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max-weber-economia-y-sociedad

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LA OOMINACIÓN NO LEGÍTIMA 973pobres, especialmente de los gremios y, en virtud de este poder usurpado,imponían tributos. De una manera parecida se han debido de desarrollarlos hechos en la mayoría de las con;uratío usurpadoras. Luego ·que tuvieronéxito sucesivas usurpaciones en unas cuantas grandes ciudades, los señoresterritoriales políticos, que fundaban nuevas ciudades o que otorgaban nuevosprivilegios a las antiguas, se apresuraron, "por razones de competencia", ilconceder una parte, en cada caso muy diversa, de aquellas conquistas a susburgueses, sin esperar a que se produjera una unión formal, de suerte quelos éxitos logrados por las con¡urationes tendían a hacerse universales. Perofue favorecido porque los empresarios de un asentamiento o los mismosasentados en cuanto, por su fortuna o por su prestigio social, poseían el pesonecesario frente al fundador de la ciudad, obtenían la concesión del derechode una determinada ciudad, por ejemplo, los de Friburgo el de la ciudad deColonia, numerosas ciudades del sur de Alemania el de Friburgo, ciudadesorientales el de Magdeburgo y, en caso de disputa, la ciudad cuyo derecholes había sido concedido era considerada competente para su interpretación.Cuanto mejor era la posición de los asentados con que contaba el fundador,tanto mayores tenían que ser sus concesiones. Los veinticuatro con;uratorisfori de Friburgo, por ejemplo, a los que Bertoldo von Zaehringen habíaprometidG solamente la conservación de las libertades de los burgueses de lanueva ciudad, desempeñaron aquí el papel de los "ricos" en Colonia, estu·vieron ampliamente privilegiados en lo personal y tuvieron en un principioel gobierno de la ciudad en sus manos en calidad de "cónsules".Entre las conquistas que se van extendiendo por la concesión de príncipesy señores territoriales al fundar o privilegiar ciudades se hallaba, en primerlugar, la constitución de la burguesía como "ayuntamiento" o común, conun órgano administrativo propio, el Consejo, a la cabeza. El "consejo" seofrece en Alemania como el necesario derecho de libertad de la ciudad y losburgueses pretenden nombrarlo autonómamente. Esto no se ha conseguidosin lucha. Todavía en 1232 Federico 11 prohibió todos !os Consejos y burgomaestresnombrados por los burgueses sin consentimiento de los obispos, yel obispo de 'Vorms logró la presidencia del Consejo para sí o para su representantey el derecho de nombramiento de los miembros. En Estrasburgo,a fines del siglo XII, la administración episcopal de ministeriales fue sustituidapor un Consejo compuesto de burgueses y cinco ministeriales, y enBasilea el obispo consiguió que el Consejo de burgueses, autorizado -comosupone Hegel- por el emperador, fuera de nuevo prohibido por éste. Ennumerosas ciudades del sur de Alemania, sin embargo, el corregidor nombradoo confirmado por el señor siguió siendo mucho tiempo el auténticojefe de la ciudad, y la burguesía podía cancelar este control únicamente comprandoel cargo. Pero encontramos casi siempre en los documentos que,junto al corregidor, se presenta el "burgomaestre" y acaba por colocarse enprimer lugar. En esos casos se adelanta, por lo general, como un representantede la unión de los burgueses, por lo tanto, como un funcionario detipo usurpatorio y no de tipo señorial. Por otra parte, y a tenor de la composiciónsocial distinta de muchas ciudades alemanas, este "burgomaestre"que aparece en el siglo XIV, no es con frecuencia un representante de lo:i

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