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max-weber-economia-y-sociedad

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62 CATEGORÍAS SOCIOLÓGICAS DE LA VIDA ECONÓMICA4. El crédito puede ser aceptado con el fin de satisfacer necesidades de abastecimientoinsuficientemente cubiertas (~rédito de consumo). En el caso económicoracional sólo se aceptará contra la cesión de ventajas. Sin embargo, no es esto(en el crédito de consumo primitivo, especialmente en el caso de créditos en casosde penuria) lo originario, sino la apelación de deberes de fraternidad (sobre esto:en las consideraciones sobre las comunidades de vecindad, cap. v).5. El fundamento más general del crédito retribuido, sea en especie o en dinero,consiste naturalmente en que para el otorgante, las más de las veces comoconsecuencia de una gestión mejor, la utilidad marginal de sus expectativas futurases más alta que la del que recibe el crédito.§ 8. Debe llamarse situación de mercado de un objeto de cambio a latotalidad de las probabilidades de cambio del mismo contra dinero que puedanser conocidas por los partícipes en su orientación por la lucha de preciosy de competencia.Mercabílídad es la medida de la frecuencia con que un objeto acostumbraa ser un objeto de cambio en el mercado.Libertad de mercado es el grado de autonomía de los partícipes particularesen la lucha de precios y de competencia.Regulación de mercado es, por el contrario, la situación en que está materialmentelimitada por una ordenación efectiva la mercabilidad de posiblesobjetos de cambio o la libertad de mercado para posibles contratantes. Lasregulaciones del mercado pueden estar condicionadas:1) de modo tradicional: cuando por imperio del hábito se admiten ciertaslimitaciones en el cambio o en las condiciones que lo determinan.2) de modo convencional: por desaprobación social de la mercabilidadde determinadas utilidades o de la lucha de precios y de competencia paradeterminados objetos o para determinado círculo de personas.3) de modo jurídico: por limitación legal efectiva del cambio o de blibertad de la lucha de precios y de competencia, en general o para determinadocírculo de personas o para determinados objetos de cambio; esto, en elsentido de influir sobre la situación de mercado de objetos de cambio (regulacionesde precios) o en el sentido de la limitación de la posesión, adquisicióno cambio de poderes de disposición sobre bienes a determinados círculosde personas (monopolio legalmente garantizado o limitaciones legales de lalibertad de gestión económica).4) de modo voluntario: por situación de intereses, o sea regulación materialdel mercado subsistiendo la libertad formal. Tiene la tendencia a surgircuando determinados intereses, por virtud de su probabilidad de hecho, totalo aproximadamente exclusiva, de adquirir o poseer poderes de disposiciónsobre determinadas utilidades (situación de monopolio), están en posiciónde influir con respecto a otros la situación de mercado por la eliminaciónefectiva de la libertad del mismo. Especialmente y para tal fin, pueden crearconvenios reguladores del mercado (monopolios voluntarios y cárteles de precios)entre sí o (y eventualmente: al mismo tiempo) con la otra parte habitualen el cambio.

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