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max-weber-economia-y-sociedad

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528 ECONOMÍA Y DERECHOactuación se refiere con frecuencia, de acuerdo con la naturaleza de las cosas,a la regulación de relaciones que en épocas de paz sólo podían haber sidoregidas por normas reveladas, pero que después sólo podían ser estatuidasex nihilo por pacto u otorgamiento. El príncipe guerrero y el ejército disponende los prisioneros, del botín y, sobre todo, de la tierra conquistada, loque da origen al nacimiento de derechos subjetivos individuales y a la formulaciónde normas nuevas. Por otra parte, el caudillo ha menester de poderesmucho más amplios que los de un "juez" en tiempos pacíficos, ya que así lorequiere la seguridad común, siendo también indispensable para prevenirla alteración de la disciplina y la provocación de disturbios internos. De estemodo, el área del imperium crece a costa de la tradición. Y la destrucciónde las relaci'ones económicas y sociales existentes, destrucción que la guerratrae consigo, hace patente a todo el mundo que lo habitual, como tal, no esalgo santo y eternamente válido. Los establecimientos sistemáticos del derechoya vigente o del de nueva creación son frecuentes, en conexión con laexpansión guerrera, en todas las etapas de desarrollo. La creación y la aplicacióndel derecho muestran entonces, bajo el influjo de las apremiantes necesidadesde la seguridad, tratándose tanto de enemigos internos como externos,la tendencia a ser estructuradas en forma más racional. Por otra parte, seestablece una nueva relación entre los posibles portadores del proceso jurídico.Cuando la asociación política surgida de la guerra y la disposición belicosaconservan por largo tiempo su carácter militar, el ejército adquiere una poderosainfluencia sobre la decisión de las contiendas entre sus componentes,e influye también en el desarrollo ulterior del derecho. El prestigio de losancianos y, en ciertas circunstancias, el de la magia, suelen entonces disminuir.El equilibrio entre el imperium de los príncipes guerreros, por una parte, losguardianes laicos o religiosos de la sagrada tradición, por otra y, finalmente,las pretensiones del ejército, que aparece relativamente independiente frentea la tradición y procura participar en el control de las resoluciones, se organizacon resultados diversos. La forma de la constitución militar tiene desdeeste punto de vista una gran importancia. Las comunidades de distrito, asfcomo la asociación política que las abarca, se integran con los individuos aptospara llevar las armas y, en consecuencia, de individuos que participan de lapropiedad de la tierra. De modo análogo, el populus romano era originariamenteel ejército de los propietarios rústicos tácitamente "organizados". En laépoca de los grandes cambios provocados· por las invasiones de los bárbaros,la asociación política germánica empezó a intervenir en la creación del nuevoderecho. Creemos que es poco verosímil la opinión de Sohm, en el sentido deque todo derecho estatuido fue derecho regio. Todo parece indicar másbien que el titular del imperium no participó de manera preponderante en esaactividad. Tratándose de pueblos esencialmente sedentarios, perdura incólumela fuerza de la actividad jurídica carismática; tratándose, en cambio, deaquellos que fueron llevados a situaciones nuevas a consecuencia de las invasionesguerreras (especialmente los francos y los longobardos) el sentimientode poder crece en el ejército, el cual reclama y ejerce el derecho de participaren el establecimiento de normas y en la decisión de las contiendas.En los albores de la Edad Media europea, la Iglesia católica fue siempre,

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