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max-weber-economia-y-sociedad

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CARÁCI'ER FORMAL DEL DERECHO OBJETIVO 529gracias a la situación de poder en que se hallaban sus obispos, un apoyo paralas intervenciones de los príncipes en la creación y aplicación del derecho, enrelación muchas veces con intereses éticos y eclesiásticos. Las capitularesde los reyes francos aparecen paralelamente al desarrollo de los tribunalessubteocráticos delegados. En Rusia, poco después de la introducción delcristianismo, desenvuélvese, en la segunda época de la Russkaya Pravda,la ingerencia, no admitida todavía en la primera, del príncipe en la creacióny aplicación del derecho, lo que da origen a un vasto derecho material principesco.De todos modos, esta tendencia del imperium chocó en Occidentecontra la fuerte organización de la justicia carismática y corporativa en el senode la comunidad guerrera. En cambio, paralelamente al desarrollo de la disciplinadel ejército de hoplitas, el populus romano no tiene más que aceptaro rechazar lo que el titular del imperium le propone, es decir, junto a normasestatuidas, decisiones sobre penas capitales en caso de intercesión. En laasamblea judicial germánica bastaba la aclamación de los "circunstantes" paraque la sentencia tuviese validez. En cambio, al populus romano solamentellegaban las intercesiones de casación graciosa de las sentencias emitidas porlos magistrados sobre penas capitales. El derecho de. impugnación de los fallosde que cada individuo gozaba en la asamblea judicial germánica, está deacuerdo con el pequeño desarrollo de la disciplina militar. El poder carismáticode la actividad judicial no se halla ligado exclusivamente a sus portadoresprofesionales, sino que cada miembro de la asamblea judicial (Dinggenosse)puede intentar, en el caso concreto, que una proposición contraria a la propuestapor el profesional sirva de base para una solución mejor. Originariamente,la resolución definitiva sólo puede obtenerse mediante un juicio deDios entre los defensores de los dos puntos de vista, imponiéndose a menudouna sanción a quien resulta vencido; pues una falsa sentencia constituye ungrave delito contra los dioses tutelares del derecho. Es claro que en todosestos casos tiene un gran peso la aclamación o murmuración de los circunstantes,cuya voz es, en este sentido, la "voz de Dios". A la rígida disciplinade los romanos corresponde la instrucción del proceso exclusivamente por elmagistrado, así como el derecho exclusivo de iniciativa de las diversas categoríasde funcionarios que entre sí concurrían ( agere cum populo). La distincióngermánica entre aplicación del derecho y coacción jurdica es una formade "división de poderes" en la función jurisdiccional, y otra forma está constituidapor la concurrencia romana de diferentes funcionarios provistos delderecho de intercesión y por la división del desarrollo del proceso entre losfuncionarios y el judex. Pero esa división se hallaba principalmente garantizadapor la necesidad; reglamentada en cada caso de diferente manera, de lacolaboración de los funcionarios con los honoratiores y con los miembrosde la asamblea militar y judicial. En esto descansa la conservación del carácterformalista del derecho y de su aplicación. Cuando, por el contrario, lospoderes "oficiales", es decir, el imperium del príncipe y de sus funcionarios,o el poder de los sacerdotes como guardianes oficiales del derecho, consigueneliminar, en favor de su propia omnipotencia, a los portadores carismáticosindependientes de la sapiencia jurídica, y suprimir la participación de la asambleajudicial o de sus representantes, la formación del derecho asume muy

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