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max-weber-economia-y-sociedad

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APROPIACIÓN DE OPORTUNIDADES DE TRABAJO 97en China e India y en medida menor en nuestra Edad Media, empezando por elCapitulare de villis; el cambio con el exterior no faltaba, las más de las veces, enla gran hacienda, pero tenía el carácter de cambio consuntivo. Tampoco faltabaninversiones de capital; empero tenían en la hacienda un papel secundario, y estabanvinculadas a la tradición. El cambio con el exterior no faltó tampoco en laseconomías litúrgiccnnente gravadas. Pero lo decisivo era esto: que a tenor de sustendencias esenciales la cobertura de necesidades tenía lugar mediante asignacio..nes y prebendas --Qtorgamiento de bienes naturales- como retribución por losservicios repartidos. Naturalmente, las transiciones son fluidas. Siempre se trata,sin embargo, de una regulación, por una asociación económica, de la orientaciónde los servicios en relación a la manera existente de dividir y de coordinar eltrabajo.3. En el caso a, 2, 1 (asociación reguladora de la economía) son un tipo bastantepuro del caso~ aquellas regulaciones económicas existentes en los municipiosmedievales de Occidente, así como en las guildas y castas de China e India, queordenaban el númer~ y naturaleza de los puestos de maestro y la técnica del trabajo:o sea, la manera como los artesanos debían orientar su trabajo en el taller, yesto en medida en que su sentido no radicaba en la satisfacción de la demanda através de los servicios de los artesanos, sino -lo que, si no fue siempre el caso,era frecuente-- en el aseguramiento de las probabilidades de ganancia de los artesanos;especialmente el "mantenimiento" de una determinada calidad en la obray el reparto de la clientela. Como toda regulación económica, ésta significó también,evidentemente, una limitación de la libertad de mercado; se orientaba porla conservación de un determinado nivel de vida dentro de las explotaciones artesanalesy estaba, por tanto, íntimamente emparentada, en su aspecto material, con eltipo de orientación consuntiva no obstante su fonna lucrativa.4. Para el a, 2, 11 en el caso ~. además de los tipos puros ya referidos de laindustria a domicilio, pueden citarse ante todo las grandes explotaciones hacendaríasde la Alemania Oriental con las economías de los lnstmiinner orientadas porsus ordenaciones y asimismo las del noroeste con las economías de los llamadosHeuerlings. La gran explotación hacendaría, así como la industria a domicilio, sonexplotaciones lucrativas del sefior y del comerciante empresario (V erleger) respectivamente;las explotaciones lucrativas de los Imtleute y de los trabajadores de laindustria a domicilio se orientan lo mismo en lo que se refiere a las formas de divisióny coordinación del trabajo que les han sido impuestas, como en lo que serefiere a su economía lucrativa primordialmente por las ordenanzas de trabajo dela gran explotación agrícola o derivadas de la dependencia de las relaciones económicasde la industria a domicilio. En todo lo demás son haciendas. Su trabajolucrativo no es autónomo, sino heterónomo en beneficio de la explotación lucrativadel señor o del comerciante empresario. A tenor del grado de uniformización materialexistente en esta orientación, puede aproximarse la situación de hecho a ladivisión de trabajo puramente técnica dentro de una y la misma explotación, comoocurre en la "fábrica"·.§ 19. (Todavía el 1, cf. § 18.) Socialment2 se distinguen, además, lasformas de la división de los servicios:B. según la forma en que son apropiadas las probabilidades que puedanexistir en calidad de retribución por determinados servicios. Objetode la apropiación pueden ser:l. probabilidades de utilización de servicios,

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