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max-weber-economia-y-sociedad

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824 SOCIOLOCfA. DE LA DOMINACIÓNrelación con el nuevo feudatario- se convirtió en un hecho cada vez máscorriente y, por último, la compra de su conformidad constituyó una de lasmás esenciales fuentes de ingresos que proporcionaba al señor la vinculaciónfeudal. Pero como el importe a pagar en caso de transferencia fue determinadogeneralmente por tradición o por ley, significó al mismo tiempo, desdeel punto de vista práctico, la completa apropiación del feudo. Y mientras asíse estereotipó y "economizó" cada vez más el contenido objetivo de la relaciónde fidelidad, fue perdiendo también su univocidad y su utilidad prácticacomo medio de poder. Un vasallo podía, en cuanto hombre libre, y de acuerdocon la concepción luego predominante, admitir feudos de varios señores.Y en caso de conflicto era precaria su ayuda para cada uno de estos señores.En el derecho feudal francés se hizo una distinción entre el homagium simplex-el juramento de fidelidad con reserva tácita de otros deberes subsistentes-y el homagium ligium -el juramento de fidelidad incondicional, elcual ponía por delante de todo el deber de fidelidad y, por consiguiente, sólopodía ser prestado a un señor. Y fue importante para la evolución del poderíoalcanzado por la realeza francesa el hecho de que consiguiera obligara los grandes señores feudales a adoptar la última forma. Pero, por lo demás,la posibilidad de una pluralidad de deberes de los vasallos produjo, naturalmente,su amplia desvalorización. Finalmente, fue casi imposible regiruna administración que funcionara de un modo continuo con ayuda de feu.­datarios. El vasallo tiene el deber no sólo de ayudar al señor con la acción,sino también de asistirle con el consejo. Los grandes vasallos principale.isuelen deducir de este deber un "derecho" de intervenir con su consejo enimportantes decisiones, pues el señor no puede prescindir de la buena disposicióndel ejército feudal. Pero en su calidad de deber, la tendencia de losvasallos al asesoramiento fue disminuyendo en el curso del tiempo tantocomo su deber militar. Así se convirtió en algo enteramente accidental y,por consiguiente, en algo que el señor no pudo utilizar para la formaciónde un organismo administrativo concreto. Consiguientemente, la asociaciónfeudal facilitó a las autoridades locales una apropiación hereditaria y unagarantía de sus derechos señoriales, pero en lo que toca a la administracióncentral no puso a disposición del soberano ninguna energía que pudiera serutilizada de un modo continuo y, además, lo sometió a la necesidad de atenerseen sus actos a los "consejos" de los vasallos más importantes, en vezde dominarlos. En tales circunstancias, fue tan fuerte la tentación que tuvierontodos los vasallos poderosos de sustraerse completamente al vínculofeudal, que solamente necesita aclaración el hecho de que esto no hubieraocurrido con más frecuencia. La razón de ello radica en la ya mencionadagarantía de legitimidad que recibían los vasallos en lo que toca a sus posesionesterritoriales y a sus derechos señoriales, en los cuales estaba tambiéninteresado su señor feudal por las probabilidades, aun sumamente precarias,que le ofrecía su derecho más bien ficticio .. Po~ lo tanto, y en. resumidas cuentas, la organización política patrimo·mal vmculada en sentido prebenda} y feudal es, en oposición al sistema delas "autoridades" o "magistraturas" reguladas por ordenamientos objetivos-con sus correspondientes deberes oficiales circunscritos-, un cosmos o, se-

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