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max-weber-economia-y-sociedad

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300 TIPOS DE COMUNIDAD Y SOCIEDADlucrativas apropiadas por ésta dentro de otras comunidades (económicas,estamentales, políticas). Por eso, estas otras comunidades están interesadastambién en el modo de regular la pertenencia a la casa, y de la acción conjuntade sus intereses, condicionados en primer lugar económicamente y luegopolíticamente, surge el ordenamiento que rige en cada caso. Es importantever claro desde el principio que la comunidad doméstica singular, en cuantocoexisten con ella otras unidades que la incluyen y que disponen de probabilidadeseconómicas y otras, no es en modo alguno autónoma para disponer dela "imputación filial" y lo es tanto menos cuanto más escasean aquellasprobabilidades. Los más variados intereses, que no es posible analizar al detalle,definen la cuestión de si dominará el régimen rnatrilineal o el patrilineal,con sus consecuencias. En el caso rnatrilineal-en el que encontramos a vecescorno excepción condicionada por especiales circunstancias la potestad formalmaterna-, tenernos después del padre los hermanos de la madre, a cuya proteccióny disciplina está sujeto el niño y de quienes recibe su herencia (avunculado).En el caso patrilineal está subordinado, después del padre, a la autoridadde los parientes paternos y los hereda. Mientras en la cultura actualparentesco y sucesión hereditaria actúan normalmente de modo cognaticio, esdecir, con igualdad por la línea paterna y materna, y la patria potestad estávinculada al padre y, cuando éste falta, la tutela confirmada y controlada porel orden público corresponde a uno de los cognados más próximos. En cambio,en el pasado encontrarnos con mucha frecuencia que se decide radicalmentepor un principio u otro. Pero no necesariamente de tal suerte que,dentro de una comunidad, rija uno de los dos de un modo exclusivo paratodas las comunidades domésticas, sino también de tal forma que, dentro dela misma comunidad doméstica, rija a veces uno y a veces otro, pero, naturalmente,sólo tiene plena autoridad uno de los dos en cada caso particular.El caso más sencillo de esta competencia está condicionado por la diferenciade bienes. Las hijas, corno todos los hijos, son consideradas corno bienesutilizables de la comunidad doméstica en que nacieron. Dispone de ellas.El jefe puede, lo mismo que su mujer, ponerlas a la disposición sexual desus huéspedes; puede explotarlas sexualrnente, de un modo temporal o permanente,contra una retribución o por servicios. Este empleo prostituyentede las hijas forma una parte considerable de los casos comprendidos bajo elnombre poco claro de "matriarcado"; en este caso el hombre y la mujer permanecencada uno en su propia comunidad doméstica; los hijos, en la de lamadre; el padre les es extraño y proporciona, expresado en el lenguaje rno·derno, "alimentos" al señor de la casa. No existe, por consiguiente, ningunacomunidad de la casa formada por hombre, mujer e hijos. :E:sta puede nacersobre la base rnatrilineal o patrilineal. El hombre que tiene medios de pagaral contado una mujer, la toma de su casa y de su clan y la lleva a la suya.Su comunidad doméstica será plena propiedad suya y con ello también sushijos. Por el contrario, el que no puede pagar debe, cuando el jefe de lacasa le permite la unión con la muchacha deseada, ingresar en su comunidaddoméstica, bien temporalmente para ganársela (en servicio), bien de un ·modo permanente, y la comunidad doméstica a que la mujer pertenece con·tinúa teniendo autoridad sobre ella y los hijos. Por consiguiente, el jefe de

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