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O Estado oculto - Repositorio Institucional da USC - Universidade ...

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envergadura. Nunca hubiéramos podido imaginar que en el <strong>Estado</strong> llamado<br />

democrático –en un país en el que por lo menos la mitad de la población se<br />

declara indiferente, no católica, no religiosa, etc.– tendríamos una Iglesia, no ya<br />

dota<strong>da</strong> de legitimación, sino converti<strong>da</strong> en un apéndice y en un lastre de la<br />

economía española. En efecto, la Iglesia goza de unos privilegios financieros<br />

que se plasman en una dotación en los Presupuestos Generales del <strong>Estado</strong><br />

(que tiene carácter provisional, a la espera de que se pue<strong>da</strong> aplicar lo previsto<br />

en el acuerdo económico de 1979, aunque de hecho no se puede discutir) 1263 y<br />

en una legislación fiscal en la que los ciu<strong>da</strong><strong>da</strong>nos que lo desean (y nunca lo<br />

han deseado más del 30 o 32%) pueden, sin aumentar el volumen de su<br />

tributo, asignar una parte de sus cuotas a la Iglesia. En el sistema fiscal<br />

español se prevé, por lo tanto, la transferencia a la Iglesia de una parte de la<br />

renta de los no católicos e incluso de los ciu<strong>da</strong><strong>da</strong>nos abiertamente refractarios<br />

a que el poder religioso de cualquier naturaleza reciba una subvención.<br />

Estos dos privilegios –el presupuestario y el fiscal– rompen el propio<br />

marco del confuso y ambiguo artículo 16.3 de la Constitución, al concederle a<br />

la Iglesia un poder económico que se complementa, en el espacio educacional,<br />

con la transferencia de grandes parti<strong>da</strong>s presupuestarias –muy superiores a<br />

aquellas de las que dispone la escuela pública– y de la política educativa –que<br />

es uno de los servicios públicos principales de un <strong>Estado</strong> democrático– a la<br />

escuela priva<strong>da</strong> “concerta<strong>da</strong>” –por utilizar el eufemismo oficial y no decir<br />

escuela católica–, y la renuncia a una escuela pública laica o al menos<br />

desprovista de connotaciones confesionales. Una democracia propiamente<br />

dicha no puede asumir una religión como una forma de conciencia que se<br />

impone en la escuela institucionalmente (aunque formalmente se imponga con<br />

carácter facultativo). En el plano educativo, la situación de la Iglesia católica es<br />

tán escan<strong>da</strong>losa que resulta ver<strong>da</strong>deramente hiriente e impúdico decir que esta<br />

es una democracia de igual<strong>da</strong>d con arreglo a lo que establece el artículo 14 de<br />

la Constitución, que prohibe la discriminación en función de la adscripción<br />

religiosa de los ciu<strong>da</strong><strong>da</strong>nos.<br />

En los medios de comunicación social financiados por la totali<strong>da</strong>d de los<br />

ciu<strong>da</strong><strong>da</strong>nos, que tienen una fuerza enorme por el impacto que logran sobre la<br />

población, hay algunos programas en los que se habla con to<strong>da</strong> naturali<strong>da</strong>d de<br />

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