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DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

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3. EL PODER PUNITIVO ENTRE VERlFlCAClON Y VALORACION<br />

periencia probatoria inicial (aunque lejano de la conclusión explicativa<br />

final) y tanto más relevante objetivamente cuanto más cercano está de<br />

la conclusión final (aunque lejano de la experiencia inicial).<br />

3. La justificación de la inducción como deducción enmascarada.<br />

Las pruebas legales. Se trate de pruebas o de indicios, la verdad de las<br />

conclusiones que pueden ser inducidas de unas y otros es sólo una ver-<br />

dad probable, siendo siempre posible que la conclusión de una in-<br />

ducción sea falsa aunque sean verdaderos los datos enunciados en las<br />

premisas. La idea contraria, según la cual la verdad de los datos pro-<br />

batorios asumidos en las premisas garantizaría la inopugnabilidad<br />

de la conclusión, equivale a la pretensión de justificar la inducción<br />

como si ocultase entre las premisas alguna ley o regla de carácter<br />

universal cuya explicitación serviría para transformarla en una de-<br />

ducción. Tal deducción tendría la forma<br />

(a) (1) P es verdadera<br />

(11) Cada vez que P es verdadera, también H es verdadera<br />

(111) H es verdadera,<br />

donde P es el conjunto de los datos probatorios aseverados en (1), y H<br />

es su hipótesis explicativa que, conforme a la generalización (11), es de-<br />

ducida en (111) por modus ponens.<br />

Lamentablemente, este esquema es inservible como justificación de<br />

la inducción, dado que (11) no es nunca verdadera. En efecto, no<br />

existen reglas inductivas capaces de garantizar la verdad de la con-<br />

clusión de una inducción. Tomemos el ejemplo dado por Popper de la<br />

rotura de un hilo de la que puede inducirse -estableciendo como pre-<br />

misa la generalización verdadera de que .Cada vez que a un hilo se le<br />

aplica un peso superior a su resistencia, entonces se rompe»- que se<br />

le ha aplicado un peso superior a su resistencia. Este razonamiento, si<br />

indicamos con P la aserción de la rotura del hilo y con H la hipótesis<br />

de que se ha aplicado al hilo un peso superior a su resistencia, tiene la<br />

forma<br />

(b) (1) P es verdadera<br />

(11) Cada vez que H es verdadera, también P es verdadera<br />

(111) H es verdadera,<br />

que, a diferencia de (a), no es una deducción válida. pudiendo muy<br />

bien H ser falsa aun siendo verdaderas P y la generalización según la<br />

cual H implica siempre P. Para tener una deducción válida, idónea<br />

para apoyar por modus ponens la conclusión H como en el esquema<br />

(a), deberíamos suponer como verdadera la generalización inversa

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