01.06.2013 Views

DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

1 COGNOSCITIVISMO O DEClSlONlSMO<br />

y de la relativa irreparabilidad del error judicial (salvo los grados ulteriores del juicio y<br />

las hipótesis extraordinarias de revisión), ni la ciencia jurídica ni la jurisprudencia<br />

son idóneas para ejercer sobre el juez un control parangonable al desarrollado sobre el<br />

científico o el historiador por la comunidad de los estudiosos: esto hace tanto más in-<br />

dispensable el control sobre la jurisdicción a través de la crítica externa, libre y caren-<br />

te de prejuicios, y tanto más intolerables los obstáculos puestos a su ejercicio (normas<br />

sobre desacato a los jueces, secreto sumarial, pretensiones de no censurabilidad avan-<br />

zadas a menudo por el estamento judicial). Se dedicará al tema el apartado 41.5.<br />

59. He desarrollado esta tesis en Interpretazione dottrinale e interpretazione<br />

operativa, cit., y en Magistratura democratica e I'esercizio alternativo della funzione giu-<br />

diziaria, en P. Barcellona (ed.), L'uso alternativo del diritto, Laterza, Bari, 1973,I, pp.<br />

116 SS.<br />

60. Nuestro código de enjuiciamiento penal contiene varias normas dirigidas a<br />

prevenir los casos extremos de «subjetividad. tanto del juez como de sus fuentes de<br />

prueba: las normas sobre la abstención y sobre la recusación del juez; el art. 194.1 y 3,<br />

que en el examen de testigos prohíbe las «apreciaciones personales. o las valoraciones<br />

*sobre la moralidad del imputado»; el art. 194.2, que prevé el interrogatorio a propó-<br />

sito .de las relaciones de parentesco o de interés* del testigo, «además de las circuns-<br />

tancias cuya comprobación es necesaria para evaluar su credibilidad*. Sobre la subje-<br />

tividad de la notitia criminis referida en los atestados policiales, en las denuncias y en<br />

las querellas, cf. S. Pugliatti, Conoscenza, cit., pp. 93-94. El derecho romano y el ca-<br />

nónico, basándose en una refinada teoría de los errores, elaboraron un denso sistema de<br />

normas de exclusión (infra, nota 50 del cap. 3).<br />

61. La expresión .artificial» a propósito de las declaraciones de testigos, los ca-<br />

reos, las confesiones, los reconocimientos y similares,se usa aquí para poner de mani-<br />

fiesto el hecho de que tales fuentes de prueba -a diferencia de las fuentes historiográ-<br />

ficas, que suelen existir antes de la investigación- son formadas por los propios<br />

investigadores. En este sentido (propuesto por F. Cordero, Tre studi sulle prove pena-<br />

11, Giuffrk, Milán, 1963, pp. 9-10; Id., Procedura penale, Giuffrk, Milán, 61982, pp.<br />

285-286), la expresión no tiene nada que ver con la distinción latina y medieval entre<br />

«probationes artificiales* y

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!