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DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

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III. TEORIA. LAS RAZONES <strong>DEL</strong> <strong>DERECHO</strong> <strong>PENAL</strong><br />

dad del delito.; y la expresada en la pregunta .qué. y «cuánta pena<br />

son admisibles para este o aquel delito,). El primer orden de cuestio-<br />

nes, que afrontaré en este apartado, hace referencia al problema ético-<br />

político de los límites de la aflicción penal en general; el segundo, que<br />

será tratado en el apartado siguiente, versa sobre los criterios de la<br />

pre-determinación legal de la medida de las penas para cada tipo de<br />

delito y de su determinación judicial para cada delito concreto. Así<br />

será posible, sobre la base de las respuestas a estos dos órdenes de<br />

cuestiones, argumentar en el apartado 31 un modelo de «pena míni-<br />

ma. alternativo a las penas hoy admitidas.<br />

La más antigua respuesta al primer orden de cuestiones, que com-<br />

porta también la primera aunque débil limitación al desenfreno pu-<br />

nitivo, es el fruto de una ilusión sustancialista: la idea iusnaturalista de<br />

que la pena deba igualar al delito y consistir por tanto en un mal de la<br />

misma naturaleza e intensidad.<br />

Esta pretensión va estrechamente ligada a una concepción retri-<br />

butiva de la pena, configurada, por un lado, como contraprestación o<br />

contrapaso, y, por otro lado, como medida o aestimatio delicti. Y<br />

constituye la base de la primera doctrina de la calidad de la pena: el<br />

principio del talión -«ojo por ojo, diente por dienten- presente<br />

con connotaciones mágico-religiosas en todos los ordenamientos ar-<br />

caicos, desde el código de Hammurabi 'O8 hasta la Biblia y las XII<br />

Tablas Io9. Como la doctrina retributiva, esta idea representa una de<br />

las creencias más resistentes de la cultura penal: teorizada por Aris-<br />

tóteles y santo Tomás, para quien la pena es contrapassum y por lo<br />

mismo «importat aequalem recompensationem passionis ad actio-<br />

nem praecedentem* "O, perdura aún en la Edad Moderna hasta Kant<br />

y Hegel, que identifican expresamente en el talión el modelo ideal y<br />

normativo de la pena "l. Y ha sido sostenida incluso por autores<br />

ilustrados y utilitaristas que, en la búsqueda de criterios objetivos e<br />

igualitarios de determinación de la calidad de la pena, sucumben<br />

igualmente a la ilusión de una cierta correspondencia natural o sus-<br />

tacial de la misma con la calidad del delito: «la libertad triunfa*,<br />

afirma Montesquieu,

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