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DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

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111. TEORIA. LAS RAZONES <strong>DEL</strong> <strong>DERECHO</strong> PENA1<br />

ron las ideas de los philosophes las que más contaron para inspirar ese<br />

imponente movimiento en pos de las codificaciones penales que se expresó<br />

en la reforma de Pedro Leopoldo de 1786, en los ya mencionados<br />

códigos austriaco y prusiano de 1787 y 1794, en el proyecto<br />

lombardo de 1791-92, en el código penal francés de 1791 y en el napoleónico<br />

de 1810, extendidos ambos a diversas regiones de Italia7'.<br />

Con los códigos quedaban, si no superadas, sí ciertamente reducidas<br />

la falta de certeza, la incoherencia y la confusión de las fuentes, y se<br />

daba cuerpo al ideal ilustrado de la predeterminación legal tan clara y<br />

precisa como fuera posible de los delitos y de las penas.<br />

En la é~oca contem~oránea asistimos a una crisis ~rofunda del<br />

principio di estricta legalidad, favorecida por la fragilidad teórica de<br />

su formulación ilustrada y alimentada por diversos impulsos irracionalistas<br />

y autoritarios. Examinaré analíticamente en el próximo capítulo,<br />

dedicado a la teoría del delito, los momentos y las formas de esta<br />

crisis en la cultura v en las intituciones en al es euroDeas de los últimos<br />

cien años. Sólo deieo recordar aquí de qué modolas negaciones del<br />

principio y la admisión de la analogía in malam partem han formado<br />

los rasgos comunes y distintivos de las experiencias penales totalitarias<br />

de nuestro siglo. En la Alemania nazi una ley de 28 de junio de 1935<br />

reemplazó el viejo art. 2 del código penal de 1871, que enunciaba el<br />

principio de legalidad penal, por la siguiente norma: «Será castigado<br />

quien cometa un hecho que la ley declare punible o que sea merecedor<br />

de castigo según el concepto fundamental de una ley penal y según el<br />

sano sentimiento del pueblo. Si contra el hecho no encuentra inmediata<br />

aplicación ninguna ley penal, el hecho se castigará sobre la<br />

base de aquella ley penal cuyo concepto fundamental mejor se le<br />

adapten Y también fue negado explícitamente el principio de legalidad<br />

en el derecho soviético de los años siguientes a la Revolución. El<br />

código de la república rusa de 1922 -innovando respecto a la instrucción<br />

penal de 1918, según la cual era «considerada delito la acción<br />

que en el momento de su realización esté prohibida por la ley<br />

bajo amenaza de penan- enunció en el art. 6 una noción de delito<br />

puramente sustancial: es delito toda .acción u omisión socialmente<br />

peligrosa, que amenace las bases del ordenamiento soviético y el<br />

orden jurídico establecido por el régimen de los obreros y campesinos<br />

para el período de transición hacia la realización del comunismo^; e<br />

introdujo, con el art. 10, la analogía in malam partem: «en caso de<br />

ausencia en el código penal de normas específicas para cada uno de<br />

los delitos, las penas o las medidas de defensa social se ajustarán a los<br />

artículos del código penal que contemplen delitos análogos por su importancia<br />

y calidad» 79.<br />

Normas semejantes reflejaban por lo demás orientaciones teóricas<br />

ampliamente compartidas por la cultura jurídica europea de comienzos<br />

del siglo XX, oscilante entre positivismo antropológico y legalismo<br />

ético. .Queremos la retroactividad sobre los hechos para los que la ley

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