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DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

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Capítulo 9<br />

EL JUICIO.<br />

CUANDO Y COMO JUZGAR<br />

37. Garantismo procesal y valores de la jurisdicción<br />

1. Garantías procesales y garantías penales. Legalidad y juris-<br />

diccionalidad. El conjunto de las garantías penales examinadas en el<br />

capítulo precedente quedaría incompleto si no fuese acompañado<br />

por el conjunto correlativo o, mejor dicho, subsidiario de las garan-<br />

tías procesales, expresadas por los principios que responden a nuestras<br />

dos últimas preguntas, «cuándo» y «cómo juzgar*: la presunción de<br />

inocencia hasta prueba en contrario, la separación entre acusación y<br />

juez, la carga de la prueba y el derecho del acusado a la defensa.<br />

Entre los dos sistemas de garantías existen nexos tanto estructu-<br />

rales como funcionales. Las garantías penales, al subordinar la pena a<br />

los presupuestos sustanciales del delito -lesión, acción y culpabili-<br />

dad- serán efectivas en la medida que éstos sean objeto de un juicio<br />

en el que resulten aseguradas al máximo la imparcialidad, la veracidad<br />

y el control. Por eso las garantías procesales, y en general las normas<br />

que regulan la jurisdicción, se llaman también «instrumentales» fren-<br />

te a las garantías y a las normas penales, designadas en cambio como<br />

«sustanciales».<br />

La correlación funcional es, por lo demás, biunívoca, dado que las<br />

garantías penales pueden, a su vez, considerarse necesarias para ga-<br />

rantizar juicios que no sean arbitrarios: en su ausencia, en efecto,<br />

juicio y pena estarían desvinculados de límites legalmente preestable-<br />

cidos y resultarían no menos potestativos que si faltasen las garantías<br />

procesales. Es decir, tanto las garantías penales como las procesales<br />

valen no sólo por sí mismas, sino también unas y otras como garantía<br />

recíproca de su efectividad.<br />

Gracias a este doble nexo, todo modelo de legitimación interna de<br />

los presupuestos de la pena remite a un correlativo modelo de legiti-

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