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DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

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Capítulo 8<br />

EL <strong>DEL</strong>ITO.<br />

CUANDO Y COMO PROHIBIR<br />

32. ;Cuándo prohibir? Los problemas sustanciales<br />

del derecho penal<br />

1. Prohibición penal y reprobación moral. Una ética de la legisla-<br />

ción. «La libertad del ciudadano depende principalmente -escribió<br />

Montesquieu- de que las leyes criminales sean buenas* l. ¿De qué<br />

depende la bondad de las leyes y de las prohibiciones penales? Es<br />

obvio que no puede deducirse, tautológicamente, de la definición<br />

formal de delito, que considera delictivo todo comportamiento prohi-<br />

bido por la ley penal, sino que habrá que buscarla con criterios va-<br />

lorativos externos a la ley misma. Estos criterios, como hemos visto,<br />

son los que se incluyen más o menos genéricamente en las denomi-<br />

nadas definiciones sustanciales de delito, que son compatibles con las<br />

descripciones formales y con el principio de legalidad, siempre que<br />

se las considere como meras recomendaciones prescriptivas sobre el<br />

contenido de las prohibiciones legales y no como proposiciones<br />

descriptivas. Así entendidas, dan respuesta a la cuestión axiológica<br />

.cuándo prohibir* y a las sub-cuestiones .cuándo prohibir penal-<br />

mente mejor que civil o administrativamenten y «cuándo prohibir<br />

como delito y cuándo como contravención»; cuestiones todas ellas de<br />

legitimación predominantemente externa, a diferencia de la cues-<br />

tión «cuándo castigar», que en los ordenamientos que incorporan los<br />

principios de retribución y de legalidad es exclusivamente de legiti-<br />

mación interna.<br />

¿En qué medida tales recomendaciones son idóneas para identifi-<br />

car requisitos suficientes de legitimación externa de las prohibiciones<br />

penales? Lógicamente, la fórmula prescriptiva prohibendum quia pec-<br />

catum, que recoge lo esencial de todas las definiciones sustanciales,<br />

puede querer decir dos cosas distintas: que un comportamiento debe

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