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DERECHO Y RAZÓN TEORÍA DEL GARANTISMO PENAL. LUIGI ...

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III. TEORIA. LAS RAZONES <strong>DEL</strong> <strong>DERECHO</strong> <strong>PENAL</strong><br />

tablemente traerá consigo la discusión, aunque sea sumaria, de las<br />

más importantes doctrinas de justificación elaboradas históricamente,<br />

sobre todo en la época moderna, en relación con cada uno de los seis<br />

problemas. La reflexión acerca de los diferentes modelos de justicia<br />

determinados por las distintas respuestas políticas o externas a las<br />

cuestiones del «cuándon y el «cómo» de la intervención penal se de-<br />

sarrollará paralelamente a aquella otra acerca de los distintos modelos<br />

de legalidad, es decir, acerca de los sistemas de garantías SG-S10<br />

que equivalen a otros tantos sistemas normativos de respuestas jurí-<br />

dicas o internas a las mismas cuestiones.<br />

Antes de abordar estas seis cuestiones es necesario analizar con<br />

mayor profundidad la relación entre legitimación interna y legitima-<br />

ción externa, que en los ordenamientos estructurados de acuerdo con<br />

las formas modernas del «estado de derecho. resulta particularmente<br />

compleja y articulada. La novedad histórica del estado de derecho res-<br />

pecto a los demás ordenamientos del pasado reside en haber incor-<br />

porado, transformándolas en normas de legitimación interna por lo<br />

general de rango constitucional, gran parte de las fuentes de justifi-<br />

cación externa relativas al .cuándo» y al «cómo» del ejercicio de<br />

los poderes públicos. Ello da lugar a complicados problemas de filo-<br />

sofía política y de teoría general del derecho que es necesario plan-<br />

tear con carácter preliminar, si bien habrá de volverse sobre ellos de<br />

un modo más extenso en la última parte de este trabajo. Sólo tras<br />

haber clarificado la estructura normativa del estado de derecho y, en<br />

relación con ella, de los diversos planos en los que se sitúan los dis-<br />

cursos acerca de la legitimación externa y acerca de la legitimación in-<br />

terna, se podrá dar respuesta a nuestras seis preguntas y desarrollar<br />

por consiguiente, en la parte cuarta, el análisis de las condiciones de<br />

legitimidad y de los perfiles de ilegitimidad, externa e interna, del or-<br />

denamiento penal italiano.<br />

2. La positivación constitucional de los «derechos naturales». Ser y<br />

deber ser del y en el derecho moderno. Como se ha dicho en el apar-<br />

tado 15, la separación entre legitimación interna y legitimación ex-<br />

terna - es decir, entre el derecho y la moral, o entre la validez y la jus-<br />

ticia- constituye una conquista fundamental del pensamiento jurídico<br />

y político moderno. Además de favorecer (en tanto que principio<br />

axiológico) modelos de derecho penal mínimo y garantista, sirve para<br />

fundamentar (como principio teórico) por un lado la posibilidad de un<br />

enfoque científico de tipo descriptivo y por otro la de un enfoque crí-<br />

tico de tipo valorativo en relación con el derecho positivo.<br />

Sin embargo, esta tesis puede dar lugar, como de hecho ha suce-<br />

dido, a un equívoco. En ocasiones ha sido confundida con la tesis, no<br />

menos importante pero diferente, de la separación entre el derecho po-<br />

sitivo como hecho y el derecho natural o ideal como valor, o si se<br />

quiere entre ser y deber ser del derecho. Y de ello se ha inferido la in-

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