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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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mismo tiempo mayoría en el Parlamento, <strong>de</strong> acuerdo con la combinación<br />

política que esté gobernando, pue<strong>de</strong>n el Ejecutivo y el Legislativo, como<br />

Po<strong>de</strong>res Colegisladores, suprimir dicho recurso.<br />

El argumento le impresiona; lo consi<strong>de</strong>ra <strong><strong>de</strong>l</strong>icado. Estima verda<strong>de</strong>ro<br />

lo que dice el señor Diez en cuanto a que sería mucho peor el remedio que<br />

la enfermedad. Porque, si bien es cierto que la enfermedad consiste en<br />

impedir que la Corte Suprema esté perdiendo tiempo —como lo dijo el otro<br />

día, era el fundamento que habían tenido en cuenta para proponer la<br />

redacción <strong><strong>de</strong>l</strong> inciso segundo <strong><strong>de</strong>l</strong> artículo 86 bis, no lo es menos que la<br />

situación sería peor en el caso <strong>de</strong> que mañana, en virtud <strong>de</strong> esta<br />

<strong>de</strong>claración <strong>de</strong> efectos generales, se suprimiera el recurso <strong>de</strong><br />

inaplicabilidad.<br />

Ahora, tocante a la i<strong>de</strong>a que el otro día esbozó el señor Guzmán en<br />

el sentido <strong>de</strong> establecer un recurso más o menos general que cualquiera<br />

pudiera presentar a la Corte Suprema —respecto <strong>de</strong> esta i<strong>de</strong>a, pue<strong>de</strong><br />

incurrir en un error; pero el señor Guzmán la pue<strong>de</strong> precisar más— para<br />

pedir la inaplicabilidad <strong>de</strong> una ley sin necesidad <strong>de</strong> que haya juicio<br />

pendiente, estima que pue<strong>de</strong> tener un efecto que, si bien es secundario, no<br />

<strong>de</strong>ja <strong>de</strong> tener importancia, cual es el <strong>de</strong> que la Corte Suprema se vea<br />

sumergida en una cantidad inmensa <strong>de</strong> recursos <strong>de</strong> inaplicabilidad.<br />

Entonces, consi<strong>de</strong>ra preferible mantener la i<strong>de</strong>a <strong>de</strong> que exista juicio<br />

pendiente, porque en ese caso ya se limita mucho la posibilidad <strong>de</strong> que<br />

cualquiera pueda lisa y llanamente lanzar un recurso <strong>de</strong> inconstitucionalidad.<br />

Recuerda que el señor Ovalle era muy entusiasta partidario <strong>de</strong> la<br />

redacción <strong><strong>de</strong>l</strong> inciso segundo en la forma propuesta por la Subcomisión; y<br />

se hallaba en esto en abierta oposición con el señor Díez. Desgraciadamente,<br />

cuando el señor Ovalle hizo el contra argumento, el señor<br />

Díez ya no estaba en la Sala, pues <strong>de</strong>bió retirarse.<br />

El señor MONTAGNA (Subsecretario <strong>de</strong> Justicia,) consi<strong>de</strong>ra muy<br />

lamentable que el señor Díez haya tenido dificulta<strong>de</strong>s para llegar a la hora,<br />

porque él era el contrapunto, por así <strong>de</strong>cirlo, que había en este asunto,<br />

aparte que él expresó en la sesión pasada sus temores con motivo <strong>de</strong> la<br />

advertencia que <strong>de</strong>spués especificó y aclaró muy bien el mismo señor Díez.<br />

Manifiesta que comparte un poco la opinión <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Díez y no el<br />

criterio <strong>de</strong> la Mesa.<br />

Debe <strong>de</strong>cir que en la sesión pasada le parece haber apuntado hacia<br />

el hecho <strong>de</strong> que el Ministro señor Damilano, habiendo visto el texto muy<br />

someramente, estaba en principio <strong>de</strong> acuerdo. Porque le manifestó en esa<br />

oportunidad; “Sí, esto es bueno; constituye una novedad. Y ya no es<br />

novedad, porque lo tienen muchas Constituciones. De manera que creo<br />

que sería realmente bueno, como criterio universal en la materia”.<br />

Sin embargo, con posterioridad le hizo una relación <strong>de</strong> lo aquí

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