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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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categoría <strong>de</strong> “po<strong>de</strong>r” y <strong>de</strong>cía que había cuatro po<strong>de</strong>res: el Legislativo, el<br />

Ejecutivo, el Judicial y la Contraloría. Entonces, él insinuaba crear un quinto<br />

“po<strong>de</strong>r custodio”: el <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas, como para respaldar o<br />

asegurar el funcionamiento <strong>de</strong> la <strong>de</strong>mocracia futura. Le llamó la atención;<br />

por eso lo cita como una curiosidad.<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) agra<strong>de</strong>ce al señor Contralor su<br />

exposición, que ha sido muy clara y muy elocuente, y que, naturalmente,<br />

será muy útil para iniciar el <strong>de</strong>bate general sobre esta materia tan<br />

trascen<strong>de</strong>ntal.<br />

De sus palabras se <strong>de</strong>duce que el anteproyecto que tuvo la gentileza<br />

<strong>de</strong> enviar en noviembre <strong>de</strong> 1973, en su concepto, estaría hoy día obsoleto,<br />

porque este Gobierno ha dictado numerosas disposiciones legales, algunas,<br />

<strong>de</strong> las cuales —por lo menos en sus principios esenciales— habría que<br />

establecer en la nueva normativa constitucional. Cree que en este sentido<br />

sería útil que el señor Contralor enviara un nuevo anteproyecto <strong>de</strong> lo que, a<br />

su juicio, <strong>de</strong>berían ser las normas constitucionales relativas al organismo<br />

contralor, tomando en consi<strong>de</strong>ración esos preceptos legales. Sin embargo,<br />

le anticipa que en la Comisión, al iniciar el <strong>de</strong>bate general <strong>de</strong> esta materia<br />

en la sesión pasada, hubo algunas opiniones en el sentido <strong>de</strong> que tal vez el<br />

anteproyecto enviado en noviembre <strong>de</strong> 1973 era un poco <strong>de</strong>tallista en el<br />

sentido <strong>de</strong> que consignaba materias que más bien <strong>de</strong>berían tener rango<br />

legal y no constitucional; así como otras, por ejemplo, que podrían tener<br />

rango constitucional —como es la <strong>de</strong>signación <strong><strong>de</strong>l</strong> Contralor y las causales<br />

precisas para <strong>de</strong>jar el cargo— no estaban contempladas. Hace tal alcance<br />

con el objeto <strong>de</strong> que en el anteproyecto se consi<strong>de</strong>ren sólo las materias que<br />

realmente <strong>de</strong>ban tener rango constitucional, porque hay muchas otras que<br />

obviamente van a seguir preceptuadas en la Ley 10.336, en el Decreto Nº<br />

38, en el Decreto 1.241 y en los <strong>de</strong>más <strong>de</strong>cretos leyes dictados.<br />

Sin perjuicio <strong>de</strong> las preguntas que <strong>de</strong>seen formularle, en primer<br />

término la señorita Ministro <strong>de</strong> Justicia, y luego los señores miembros <strong>de</strong> la<br />

Comisión, cree que sería útil que el señor Contralor dijera algo sobre cómo<br />

habría que contemplar, en el aspecto constitucional, la relación contraloría<br />

General <strong>de</strong> la República con los tribunales contencioso-administrativos que<br />

eventualmente se establecerán. La Comisión le envió hace algún tiempo un<br />

anteproyecto <strong>de</strong> la Subcomisión respectiva, la cual hizo un estudio bastante<br />

acabado sobre la materia; y es evi<strong>de</strong>nte que, si los tribunales contenciosoadministrativos<br />

van a tener por objeto conocer <strong>de</strong> los reclamos que puedan<br />

formular los funcionarios o los particulares por los actos ilegales o abusivos<br />

<strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s administrativas, especialmente, va a haber un campo en<br />

que coincidirán tales tribunales con la Contraloría General <strong>de</strong> la República.<br />

Es <strong>de</strong>cir, habría ciertas materias que, habiéndolas conocido probablemente<br />

en una instancia administrativa la Contraloría, sin embargo, <strong>de</strong>spués van a<br />

po<strong>de</strong>r ser objeto <strong>de</strong> una reclamación ante el tribunal contenciosoadministrativo.<br />

Quizá si sería ésta la oportunidad <strong>de</strong> que el señor Humeres diera a<br />

conocer su pensamiento sobre este punto y sobre los <strong>de</strong>más que por ahora<br />

quieran formular los miembros <strong>de</strong> la Comisión; o si este aspecto .prefiere

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