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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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nuevo para todos como el que señala el señor Bertelsen, puesto que no<br />

aparece en la Constitución <strong>de</strong> 1925, y que requiere <strong>de</strong> cierta especialización,<br />

sin perjuicio <strong>de</strong> los aportes que puedan hacer CONARA y ODEPLAN.<br />

Le parece que habría que ir pensando en nombrar, en una próxima sesión,<br />

una Subcomisión que se aboque específicamente a este tema.<br />

El señor BERTELSEN acota que él esperaría, sin embargo, las<br />

indicaciones que el Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República <strong>de</strong>be enviar a la Comisión,<br />

porque ahí vendrán las instrucciones sobre los Po<strong>de</strong>res Políticos<br />

propiamente tales: el Ejecutivo y el Parlamento, que pue<strong>de</strong>n servirles <strong>de</strong><br />

antece<strong>de</strong>ntes antes <strong>de</strong> entrar a estudiar esta materia.<br />

El señor GUZMAN expresa que, entretanto, sería bueno ir pensando<br />

en la <strong>de</strong>signación <strong>de</strong> la Subcomisión, porque, entre la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong><br />

los nombres <strong>de</strong> las personas que la constituyen y su entrada en<br />

funcionamiento, cree que necesariamente pasará cierto lapso. A su juicio,<br />

es conveniente aprovechar este intervalo, hasta que llegue el oficio <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República, para tener a la Subcomisión prácticamente<br />

constituida, por lo cual, comparte la opinión <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Presi<strong>de</strong>nte<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) acota que el oficio <strong><strong>de</strong>l</strong> Primer<br />

Mandatario, cualquiera que sea su contenido, no alterará la necesidad <strong>de</strong><br />

nombrarla. Otra cosa es que no comience a trabajar, probablemente,<br />

mientras no conozcan esos lineamientos.<br />

Sin embargo, tampoco cree que el oficio vaya a referirse a esa materia<br />

y entre a analizar las bases generales <strong>de</strong> lo que <strong>de</strong>be ser la Administración<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> Estado.<br />

El señor LORCA señala que evi<strong>de</strong>ntemente, las líneas que va a dar<br />

el Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República serán muy importantes para la Comisión,<br />

pero le parece que también tienen que hacer algún aporte al respecto.<br />

Aña<strong>de</strong> que lo que ha dicho el señor Bertelsen es bastante interesante.<br />

A su juicio, todo planteamiento sobre la Administración Pública —<br />

en sus rasgos generales, por cierto— <strong>de</strong>bería tener un significado constitucional.<br />

Como muy bien lo expresó, los constituyentes <strong>de</strong> 1925 jamás<br />

pensaron, evi<strong>de</strong>ntemente, en actuar sobre esta materia, porque la Carta<br />

se refirió a un aspecto muy <strong>de</strong>terminado que fue el cambio <strong><strong>de</strong>l</strong> régimen<br />

<strong>de</strong> Gobierno.<br />

Agrega que la verdad es que todo el <strong>de</strong>sastre que se produjo <strong>de</strong>spués<br />

en relación con los servicios públicos y la Administración Pública se<br />

<strong>de</strong>bió a que no había regulación constitucional alguna. Y la mejor muestra<br />

fue la creación <strong>de</strong> toda esta enorme gama <strong>de</strong> los primeros. Porque la<br />

Constitución <strong>de</strong> este siglo estableció un régimen liberal y todo lo que se<br />

creó <strong>de</strong>spués correspondió a un régimen totalmente estatista que no tuvo<br />

regulación constitucional alguna.<br />

Por lo tanto, si bien es cierto que ahora viven en un sistema dis-

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