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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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REPUBLICA DE CHILE<br />

Actas Oficiales <strong>de</strong> la Comisión <strong>de</strong> Estudio <strong>de</strong> la Nueva Constitución<br />

Política <strong>de</strong> la República.<br />

SESION 316 a , CELEBRADA EN MARTES 20 DE SEPT. DE 1977.<br />

Continúa la discusión general sobre la preceptiva constitucional relativa a la<br />

Contraloría General <strong>de</strong> la República. Se escucha al profesor señor Jorge<br />

Guzmán Dinator.<br />

La Comisión se reúne bajo la presi<strong>de</strong>ncia <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Enrique Ortúzar<br />

Escobar, con asistencia <strong>de</strong> sus miembros señores Raúl Bertelsen Repetto,<br />

Jaime Guzmán Errázuriz, Gustavo Lorca Rojas y la señora Luz Bulnes<br />

Aldunate.<br />

Asiste, también, el profesor <strong>de</strong> Derecho Constitucional <strong>de</strong> la Universidad<br />

<strong>de</strong> <strong>Chile</strong>, don Jorge Guzmán Dinator.<br />

Actúa <strong>de</strong> Secretario, don Rafael Eyzaguirre Echeverría, y <strong>de</strong><br />

Prosecretario, don Rafael Larraín Cruz.<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) <strong>de</strong>clara, en el nombre <strong>de</strong> Dios,<br />

abierta la sesión,<br />

A continuación, expresa que en esta sesión correspon<strong>de</strong> seguir<br />

escuchando al profesor señor Jorge Guzmán Dinator sobre la materia en<br />

<strong>de</strong>bate, relacionada con la Contraloría General <strong>de</strong> la República.<br />

El señor GUZMAN DINATOR (profesor <strong>de</strong> Derecho Constitucional)<br />

señala que, en la sesión pasada, se hizo un análisis más o menos<br />

sistemático <strong>de</strong> las materias fundamentales comprendidas en el anteproyecto<br />

en estudio y lo último que se conversó fue si la Contraloría constituiría o no<br />

un Po<strong>de</strong>r <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado, lo cual, como dijo el señor Guzmán, es un poco<br />

teórico, aunque podría tener alguna importancia con relación a la extensión<br />

que se dé a los preceptos respectivos en el texto constitucional, ya que,<br />

naturalmente, habrá mayor <strong>de</strong>talle si se consi<strong>de</strong>ra que ese organismo es un<br />

Po<strong>de</strong>r <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado.<br />

Agrega que uno <strong>de</strong> los asuntos que <strong>de</strong>ben preocupar por ahora es el<br />

relativo a los servicios sobre los que la Contraloría <strong>de</strong>bería ejercer su<br />

función fiscalizadora. Y, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> este ángulo, la administración ha sido objeto<br />

<strong>de</strong> muchas clasificaciones, aunque, naturalmente, también los puntos <strong>de</strong><br />

vista para clasificar son distintos, por lo que cree vale la pena referirse a<br />

ellos con cierta minuciosidad, salvo en cuanto parecería aconsejable, que la<br />

Contraloría no ejerciera el mismo tipo <strong>de</strong> fiscalización en todos los servicios<br />

públicos fiscalizados, atendido el aspecto <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> ellos.<br />

Una <strong>de</strong> las clasificaciones más comunes y corrientes es la <strong>de</strong>

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