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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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pue<strong>de</strong>n topar con una realidad que les produzca otras exigencias. No sabe<br />

cuál es la opinión <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Corte Suprema sobre esa<br />

materia. Consi<strong>de</strong>ra que pue<strong>de</strong>n necesitar <strong>de</strong> una justicia que tenga el<br />

mismo carácter que <strong>de</strong>cía el señor Díez —que sea profesional, jerarquizada,<br />

permanentemente—, pero que vaya a cubrir asuntos en don<strong>de</strong> tal vez no se<br />

requiera la presencia <strong>de</strong> un abogado. La realidad pue<strong>de</strong> imponer esa<br />

justicia. La verdad es que ésta ha sido una inquietud en todos los últimos<br />

Gobiernos: lo fue en el Gobierno <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Alessandri, lo fue en el Gobierno<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> señor Frei. Y sabe que el actual Gobierno también tiene un estudio<br />

sobre tribunales vecinales. Entonces, tal vez se estarían limitando<br />

<strong>de</strong>masiado. Porque el temor <strong>de</strong> un “tribunal popular” lo tienen todos; pero<br />

eso no les pue<strong>de</strong> impedir avanzar en el sentido <strong>de</strong> lo que <strong>de</strong>be ser la<br />

justicia y <strong><strong>de</strong>l</strong> ámbito que <strong>de</strong>be alcanzar.<br />

Cree compartir las mismas dudas y temores que tiene la Comisión<br />

con respecto a este tipo <strong>de</strong> tribunales. Sin embargo, y en razón <strong><strong>de</strong>l</strong> trabajo<br />

que están realizando, le parece que <strong>de</strong>ben plantear todos los problemas y<br />

vacilaciones que tengan, porque ello les permitirá ir centrando el <strong>de</strong>bate.<br />

El señor EYZAGUIRRE (Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Corte Suprema) estima que<br />

es claro que ello también <strong>de</strong>pen<strong>de</strong> mucho <strong>de</strong> la amplitud que se dé a las<br />

peticiones formuladas para aumentar el número <strong>de</strong> tribunales. Porque si<br />

éstos son suficientes y correspon<strong>de</strong>n a un <strong>de</strong>terminado porcentaje <strong>de</strong> la<br />

población, el juez no tendrá problema alguno para aten<strong>de</strong>r los asuntos que<br />

se le plantean. Por <strong>de</strong>sgracia, en la actualidad a los magistrados les resulta<br />

imposible administrar justicia; no se les pue<strong>de</strong> pedir una labor<br />

sobrehumana, una labor que físicamente no pue<strong>de</strong>n realizar. En realidad,<br />

<strong>de</strong>bería haber un juez por cada cierto número <strong>de</strong> habitantes, y <strong>de</strong> esa<br />

manera se podría evitar el problema urgente <strong>de</strong> la justicia vecinal. Porque si<br />

hay un número suficiente <strong>de</strong> magistrados en las gran<strong>de</strong>s ciuda<strong>de</strong>s como<br />

Santiago, Valparaíso, Concepción, etcétera y para incrementar el número<br />

<strong>de</strong> aquéllos en el resto <strong><strong>de</strong>l</strong> país no existe el escollo <strong>de</strong> tener que contar<br />

previamente con la aprobación <strong><strong>de</strong>l</strong> Po<strong>de</strong>r Ejecutivo —no porque éste no<br />

quiera, sino porque el Ministerio <strong>de</strong> Hacienda argumenta que ello significa<br />

más gastos— entonces, es evi<strong>de</strong>nte que la i<strong>de</strong>a matriz <strong>de</strong> la justicia vecinal<br />

—llámase así, policía local, justicia <strong>de</strong> paz, etcétera—: el fácil acceso <strong>de</strong> las<br />

personas a la justicia, tendrá plena vigencia, ya que nadie estará privado <strong>de</strong><br />

un instrumento jurisdiccional para solucionar sus problemas.<br />

Piensa que lo relativo al acceso a la justicia tiene dos aspectos<br />

fundamentales: primero, que exista un número suficiente y a<strong>de</strong>cuado <strong>de</strong><br />

jueces; segundo, que el servicio legal sea eficiente, lo preste éste el Colegio<br />

<strong>de</strong> Abogados —lo prefiere— o el Servicio <strong>de</strong> Asistencia Judicial. Porque<br />

también una <strong>de</strong> las cosas que limita la posibilidad <strong>de</strong> mucha gente <strong>de</strong> acudir<br />

a los tribunales es la falta <strong>de</strong> asesoría letral. Es sabido que muchos no<br />

pue<strong>de</strong>n hacer sus peticiones por no tener quién se las haga, ya que no<br />

saben cómo hacerlo; no saben redactar un escrito, ni siquiera una petición<br />

<strong>de</strong> las más simples. Eso en lo profesional. Como ha dicho otras veces, el<br />

Servicio <strong>de</strong> Asistencia Judicial no <strong>de</strong>be actuar como un organismo aparte<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> Colegio <strong>de</strong> Abogados, pues su sistema ha resultado bueno. Lo que

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