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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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Guzmán dice relación a la expresión “Corte <strong>de</strong> Apelaciones respectiva o<br />

correspondiente”.<br />

Al respecto el señor Díez cree que no <strong>de</strong>be ser, como parece que fue<br />

el espíritu <strong>de</strong> la indicación, la Corte <strong>de</strong> Apelaciones <strong>de</strong> la jurisdicción a que<br />

pertenece el Magistrado, sino la Corte <strong>de</strong> Apelaciones en que ocurrió el<br />

hecho.<br />

El señor EYZAGUIRRE (Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Corte Suprema) manifiesta<br />

que en realidad la indicación no toma en cuenta todos estos hechos o casos<br />

que están discutiendo aquí, don<strong>de</strong>, como muy bien <strong>de</strong>cía el señor Aldo<br />

Montagna, se aclaran mucho los conceptos. En buenas cuentas, esto viene<br />

a ser una especie <strong>de</strong> fuero para el Estado <strong>de</strong> Sitio. La Corte no se opuso en<br />

los <strong>de</strong>más casos, porque, en realidad, lo que parecía evi<strong>de</strong>nte al Tribunal<br />

era que ningún juez podía ser <strong>de</strong>tenido por el Estado <strong>de</strong> Sitio. Claro que<br />

muchas veces se aclaran las cosas porque se van viendo los alcances que<br />

pue<strong>de</strong> tener una expresión. Evi<strong>de</strong>ntemente que esto está redactado en<br />

función <strong><strong>de</strong>l</strong> estado <strong>de</strong> emergencia, porque para el procesamiento <strong>de</strong> los<br />

jueces está todo el Capítulo <strong>de</strong> la Querella <strong>de</strong> Capítulo y <strong>de</strong> la<br />

responsabilidad criminal <strong>de</strong> los jueces; todo eso está legislado en el Código<br />

Orgánico <strong>de</strong> Tribunales, y está también legislado en el Código Penal y en el<br />

Código <strong>de</strong> Procedimiento Penal. Todo esto está contemplado. Pero, en<br />

realidad, no se hace juego una cosa con otra.<br />

El señor GUZMAN expresa que respecto <strong>de</strong> lo que dice el Presi<strong>de</strong>nte<br />

<strong>de</strong> la Corte Suprema, cree que sería muy importante precisar cómo se<br />

compatibiliza esta nueva institución con aquel tipo <strong>de</strong> especie <strong>de</strong> <strong>de</strong>safuero<br />

que contemplan las leyes respecto <strong><strong>de</strong>l</strong> proceso en que se persigue la<br />

responsabilidad <strong>de</strong> los magistrados en algunos casos. El señor Eyzaguirre<br />

acaba <strong>de</strong> citar el caso <strong>de</strong> la querella <strong>de</strong> capítulo.<br />

Cree que es importante <strong>de</strong>spués hacer un análisis <strong>de</strong> cómo en realidad<br />

efectivamente esta disposición se compatibiliza enteramente con las<br />

disposiciones legales vigentes o si <strong>de</strong> alguna manera las <strong>de</strong>roga, porque las<br />

supera con una institución más amplia y <strong>de</strong> rango constitucional.<br />

El señor EYZAGUIRRE (Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Corte Suprema) señala que<br />

está <strong>de</strong> acuerdo con el señor Díez. El argumento que ha dado es bueno en<br />

cuanto a que sea la jurisdicción respectiva don<strong>de</strong> ocurre el hecho y para<br />

que no ocurra lo que él teme, que el día <strong>de</strong> mañana una Corte <strong>de</strong><br />

Apelaciones pueda servir <strong>de</strong> “tapa<strong>de</strong>ra” a un juez.<br />

El señor DIEZ acota que, a<strong>de</strong>más, porque es mucho más fácil la<br />

investigación. ¿Cómo se va a po<strong>de</strong>r investigar en otro lugar? Si el juez <strong>de</strong><br />

Magallanes “hace la gran<strong>de</strong>” en Antofagasta, no pue<strong>de</strong> llevarse el juicio a<br />

Magallanes, porque la investigación se hace imposible.<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) señala que la i<strong>de</strong>a es que la<br />

competencia corresponda al lugar <strong><strong>de</strong>l</strong> hecho. Es <strong>de</strong>cir, don<strong>de</strong> se origina el<br />

procesamiento o la privación <strong>de</strong> libertad. Ahora, es evi<strong>de</strong>nte que al referirse<br />

aquí al procesamiento, con la aclaración hecha por el señor Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la

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