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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) aña<strong>de</strong> que bien podría quedar<br />

contemplado sujeto a la posibilidad <strong>de</strong> que el Consejo <strong>de</strong> Estado subsista en<br />

la nueva Constitución.<br />

Entonces, pone en discusión en primer término —porque atañe<br />

directamente a esta preceptiva— la indicación formulada por el señor Bertelsen<br />

en el sentido <strong>de</strong> establecer una disposición que prohibía terminantemente<br />

que puedan crearse tribunales populares.<br />

Quiere señalar que, aparentemente, podría ser fácil la solución.<br />

Porque bastaría con <strong>de</strong>cir: “Los jueces <strong>de</strong>berán ser abogados. La ley <strong>de</strong>terminará<br />

las calida<strong>de</strong>s que respectivamente <strong>de</strong>ben tener, como asimismo<br />

los años que <strong>de</strong>ban haber ejercido la profesión las personas que fueren,<br />

nombradas Ministros <strong>de</strong> Corte o Jueces Letrados”. Pero llama la atención<br />

hacia el peligro que pudiera implicar esta redacción, en cuanto a que<br />

pudiera enten<strong>de</strong>rse que todos aquellos que ejerzan alguna función judicial<br />

<strong>de</strong>ban ser abogados; lo que particularmente tendría consecuencias en el<br />

caso <strong>de</strong> algunos tribunales especiales.<br />

Previa esta advertencia, ofrece la palabra sobre la indicación <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

señor Bertelsen.<br />

Porque —repite— si dijeran —y aquí se dirige directamente, para<br />

facilitar el <strong>de</strong>bate, al señor Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Corte Suprema— “Los jueces<br />

<strong>de</strong>berán ser abogados. La ley <strong>de</strong>terminará las <strong>de</strong>más calida<strong>de</strong>s que<br />

respectivamente <strong>de</strong>ban tener, como asimismo el número <strong>de</strong> años que<br />

<strong>de</strong>ban haber ejercido la profesión <strong>de</strong> abogado las personas que fueren<br />

nombradas ministros <strong>de</strong> corte o jueces letrados”, ¿podría el día <strong>de</strong> mañana<br />

darse una interpretación tal a este precepto que implicara que toda persona<br />

que ejerza una función judicial, aunque no sea un juez propiamente tal,<br />

tendrá necesariamente que ser abogado? Porque, si no fuera así, ésta<br />

podría ser tal vez la manera <strong>de</strong> resolver el problema planteado por el señor<br />

Bertelsen.<br />

El señor EYZAGUIRRE (Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Corte Suprema) agrega que<br />

el peligro que ve el señor Bertelsen quedaría muy mitigado si se diera una<br />

redacción muy amplia al artículo 86. Porque, con esa redacción amplia, un<br />

tribunal cualquiera, sea cual fuere su naturaleza —aunque sea popular—, el<br />

día <strong>de</strong> mañana tiene que estar bajo la superinten<strong>de</strong>ncia directiva,<br />

correccional y económica <strong>de</strong> la Corte Suprema.<br />

Consi<strong>de</strong>ra útil la <strong>de</strong>claración que propone el señor Presi<strong>de</strong>nte. Pero<br />

también estima muy necesario un estudio <strong>de</strong>tallado <strong><strong>de</strong>l</strong> inciso primero <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

artículo 86, porque ahí está la clave <strong>de</strong> todo. Porque si la Corte Suprema,<br />

por disposición constitucional, tiene la superinten<strong>de</strong>ncia directiva,<br />

correccional y económica <strong>de</strong> todos los tribunales <strong>de</strong> la nación, y se agregara<br />

la frase “<strong>de</strong> cualquier naturaleza que sea”, en ese caso, si el día <strong>de</strong> mañana<br />

se crean por ley tribunales populares, queda la posibilidad <strong>de</strong> que la Corte<br />

Suprema revise por la vía <strong>de</strong> la queja cualquier resolución <strong>de</strong> ellos. No<br />

podría haber tribunal popular <strong>de</strong> única instancia, sino que siempre habría

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