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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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confirmados, lo que <strong>de</strong>muestra que la Contraloría ha hecho buen uso <strong>de</strong> la<br />

facultad. Por eso, piensa que el sistema utilizado en lo referente a los<br />

vehículos fiscales <strong>de</strong>be exten<strong>de</strong>rse a todo lo <strong>de</strong>más. Es <strong>de</strong>cir, facultar a la<br />

Contraloría para instruir el sumario, y respetar su fallo por cuanto ella obra<br />

con la mayor objetividad. Desconoce si la Comisión está en antece<strong>de</strong>ntes<br />

<strong>de</strong> que hubo un proyecto sobre la materia cuyo autor fue el señor Renato<br />

Damilano cuando era presi<strong>de</strong>nte <strong><strong>de</strong>l</strong> Consejo <strong>de</strong> Defensa <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado, y<br />

respecto <strong><strong>de</strong>l</strong> cual insistió al <strong>de</strong>sempeñar la Cartera <strong>de</strong> Justicia. De acuerdo<br />

con él se pretendía — tal vez, sus alcances eran muy amplios— que todos<br />

los sumarios <strong>de</strong> la Administración Pública los instruyera la Contraloría<br />

General <strong>de</strong> la República, a la que se dotaría <strong>de</strong> atribuciones especiales para<br />

asegurar su in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia e imparcialidad.<br />

Finalmente, tiene mucho interés en que la nueva legislación<br />

consi<strong>de</strong>re la potestad anulatoria <strong>de</strong> los actos <strong>de</strong> administración.<br />

En su doctrina y jurispru<strong>de</strong>ncia, la Contraloría siempre ha sostenido<br />

que correspon<strong>de</strong> al Ejecutivo dicha potestad. O sea, se <strong>de</strong>be suponer que<br />

todo <strong>de</strong>creto o resolución que la Contraloría tramite está ajustado a la<br />

Constitución y a la ley, pero no se pue<strong>de</strong> olvidar que ciertas resoluciones y<br />

<strong>de</strong>cretos, por su naturaleza o por la urgencia <strong>de</strong> su inmediata aplicación, se<br />

dictan primero y se mandan posteriormente al trámite <strong>de</strong> la toma <strong>de</strong> razón.<br />

A<strong>de</strong>más, la Contraloría no es infalible, y también pue<strong>de</strong> equivocarse, tomar<br />

razón <strong>de</strong> un <strong>de</strong>creto o resolución y darse cuenta <strong>de</strong>spués que ha incurrido<br />

en error. ¿Qué se hace en estos casos? Se solicita su anulación a la<br />

autoridad que los expidió. Algunas veces se logra este objetivo, pero en<br />

otras no es posible, pues, lisa y llanamente, la autoridad respectiva se<br />

ampara en el hecho <strong>de</strong> que la Contraloría ya tomó razón y, muchas veces,<br />

cuando se trata <strong>de</strong> reparar algún error, equivocación o injusticia, es<br />

imposible hacerlo por carecer el Contralor <strong>de</strong> las faculta<strong>de</strong>s<br />

correspondientes. A<strong>de</strong>más, hay que tomar en cuenta que nunca el Po<strong>de</strong>r<br />

Judicial ha ejercido tal facultad. Se ha referido, sí, por ejemplo, a los<br />

efectos económicos e in<strong>de</strong>mnizatorios; pero nunca ha anulado un <strong>de</strong>creto o<br />

una resolución. Dice que hay un error; que está mal aplicado; que eso<br />

merece ser inutilizado; que <strong>de</strong>be reponerse al funcionario, etc.<br />

Estas son las principales inquietu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la Contraloría frente a este<br />

proyecto. Si el señor Presi<strong>de</strong>nte estima insuficiente la síntesis muy<br />

apretada que ha hecho sobre los principios <strong>de</strong> la Contraloría y <strong>de</strong> sus<br />

preocupaciones en torno <strong>de</strong> una nueva legislación, no tendría inconveniente<br />

alguno en hacerle llegar un estudio más <strong>de</strong>sarrollado, citando las<br />

disposiciones, todo con precisión y con fechas, para que estén en<br />

conocimiento <strong>de</strong> los señores miembros <strong>de</strong> la Comisión.<br />

Espera y confía, con la misma fe <strong>de</strong> la señorita Ministro <strong>de</strong> Justicia,<br />

que <strong>de</strong> esta Comisión la Contraloría salga acrecentada y no disminuida.<br />

A<strong>de</strong>más, a veces es necesario <strong>de</strong>jar constancia <strong>de</strong> la voz <strong><strong>de</strong>l</strong> pueblo.<br />

En días pasados leyó una <strong>de</strong> esas “cartas <strong><strong>de</strong>l</strong> lector” que se publican en los<br />

diarios, la cual hablaba <strong>de</strong> los “po<strong>de</strong>res custodios”, y <strong>de</strong>cía que en <strong>Chile</strong><br />

había cuatro <strong>de</strong> esos po<strong>de</strong>res. El articulista elevaba a la Contraloría a la

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