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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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La señora ROMO expresa que el señor Presi<strong>de</strong>nte y el señor<br />

Subsecretario se han referido al aspecto fundamental <strong><strong>de</strong>l</strong> problema. El quid<br />

<strong>de</strong> la cuestión está, como lo señaló el señor Guzmán, en la relevancia<br />

política que tiene la <strong>de</strong>claración, y precisamente por eso piensa que,<br />

<strong>de</strong>spués <strong>de</strong> tres fallos consecutivos, <strong>de</strong>be tener el carácter <strong>de</strong> un recurso<br />

<strong>de</strong> inconstitucionalidad. Como muy bien se señaló, la ligereza a que conducen<br />

los malos hábitos políticos tendrá que corregirse cuando exista el<br />

peligro <strong>de</strong> una sentencia <strong>de</strong> rechazo a una acción parlamentaria por parte<br />

<strong>de</strong> la Corte Suprema. Consi<strong>de</strong>ra importante aprobar la disposición en la<br />

forma propuesta en el proyecto, por las razones expuestas por el señor<br />

Guzmán.<br />

En cuanto a los motivos <strong>de</strong> or<strong>de</strong>n práctico, recuerda algunas<br />

experiencias en relación a la ley <strong>de</strong> reforma agraria y respecto <strong>de</strong> la cual<br />

había recursos <strong>de</strong> inaplicabilidad que podían hacerse valer. Hubo numerosos<br />

juicios, y mucha gente no sabía o no se daba cuenta. Se cometieron<br />

innumerables abusos porque en cada caso había que hacer valer el<br />

recurso, en circunstancias <strong>de</strong> que se trataba <strong>de</strong> algo evi<strong>de</strong>nte y <strong>de</strong> que no<br />

había necesidad alguna <strong>de</strong> volver a discutir la misma cuestión. Mucha<br />

gente fue víctima <strong>de</strong> gran<strong>de</strong>s abusos por no hacer uso <strong><strong>de</strong>l</strong> recurso.<br />

En lo referente a la existencia <strong>de</strong> juicio pendiente, estima que el<br />

señor Guzmán tiene razón en sus afirmaciones, pero, en la práctica, y por<br />

ser el chileno un pueblo especialísimo, con ten<strong>de</strong>ncia a los juicios que llega<br />

a convertirse en manía, habría siempre gran cantidad <strong>de</strong> gente que estaría<br />

interponiendo recursos por todo, y, como en todo caso alguien <strong>de</strong>berá<br />

calificar, aún en la primera revisión, que <strong>de</strong>berá efectuarse probablemente<br />

en forma previa al conocimiento <strong>de</strong> la Corte, ésta se verá abrumada ante<br />

una serie <strong>de</strong> recursos que harán per<strong>de</strong>r mucho tiempo. Por eso, cree que,<br />

<strong>de</strong>sgraciadamente, <strong>de</strong>be haber, en la práctica, un juicio pendiente para que<br />

el sistema funcione.<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) concuerda con el señor Guzmán en<br />

cuanto a que no se pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>jar entregada exclusivamente a la situación <strong>de</strong><br />

que exista juicio pendiente, la posibilidad <strong>de</strong> que se <strong>de</strong>clare la<br />

inconstitucionalidad <strong>de</strong> una ley. Quién sabe, anota, si se pudiera entregar a<br />

alguna autoridad, corno el fiscal <strong>de</strong> la Corte Suprema, la posibilidad <strong>de</strong><br />

que, velando precisamente por la majestad <strong>de</strong> la Constitución, pudiera él<br />

<strong>de</strong>ducir un recurso <strong>de</strong> inaplicabilidad cuando una ley es contraria a la Carta<br />

Fundamental. A su juicio, sería una forma <strong>de</strong> expresar <strong>de</strong>voción a la<br />

supremacía constitucional y habría una autoridad que estaría al margen <strong>de</strong><br />

cualquiera suspicacia y que, naturalmente, no ejercería esta atribución sino<br />

en casos muy calificados en que tuviera la certeza <strong>de</strong> que realmente se<br />

había incurrido en inconstitucionalidad, y que permitiría, a la vez, <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>r<br />

el principio <strong>de</strong> la supremacía constitucional.<br />

El señor GUZMAN cree conveniente distinguir las materias y tratar<br />

<strong>de</strong> ir llegando a soluciones por separado, porque son dos aspectos bastante<br />

diversos entre sí. No sabe si el señor Presi<strong>de</strong>nte prefiere que se aboquen

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