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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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La señora BULNES acota que lo relativo al ámbito <strong><strong>de</strong>l</strong> control <strong>de</strong> la<br />

Contraloría no lo tiene claro; se habla <strong>de</strong> control contable y <strong>de</strong> control<br />

administrativo. Quisiera saber la opinión <strong>de</strong> los señores Ministro <strong>de</strong><br />

Hacienda y Fiscal <strong><strong>de</strong>l</strong> Banco Central en cuanto a si tal control contable<br />

también <strong>de</strong>be exten<strong>de</strong>rse a toda la Administración Descentralizada. Al<br />

parecer, ellos son <strong>de</strong> opinión <strong>de</strong> que el control administrativo se limite a la<br />

Administración central.<br />

El señor DE CASTRO (Ministro <strong>de</strong> Hacienda) le respon<strong>de</strong> que así es.<br />

La señora BULNES les pregunta si serían partidarios <strong>de</strong> exten<strong>de</strong>r el<br />

control contable y financiero a toda la Administración Descentralizada. ¿No<br />

podría esto entrabar el sistema político y económico que está viviendo <strong>Chile</strong><br />

en este momento? ¿No sería contradictorio este control con la forma<br />

económica que se ha dado el Gobierno actual?<br />

Es evi<strong>de</strong>nte, a su juicio, que los organismos que integran la<br />

Administración <strong>de</strong>scentralizada <strong>de</strong>ben relacionarse con el sistema político<br />

que impera. En una política estatista, en una política con concentración <strong>de</strong><br />

los bienes <strong>de</strong> producción en manos <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado, el ámbito <strong>de</strong> acción <strong>de</strong> la<br />

Contraloría será mucho mayor que cuando rige una política más<br />

liberalizada,<br />

Por ello, le asalta la duda acerca <strong>de</strong> la conveniencia <strong>de</strong> ampliar tal<br />

control.<br />

El señor DE CASTRO (Ministro <strong>de</strong> Hacienda) manifiesta que es la<br />

misma duda que ellos tienen.<br />

Las empresas estatales, agrega, han sido un factor <strong>de</strong> inhibición <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> <strong>Chile</strong> realmente increíble. Lo que se ha estado tratando <strong>de</strong><br />

hacer ahora es obligarlas a que se comporten como empresas privadas, que<br />

operen con las mismas reglas: que paguen impuestos, que paguen todos los<br />

<strong>de</strong>rechos arancelarios, que cumplan exactamente con los mismos requisitos<br />

en cuanto a tasas <strong>de</strong> interés pagadas por préstamos, etcétera. El resultado<br />

<strong>de</strong> esta política ha sido muy impresionante, sobre todo, si el proceso se<br />

juzga a partir <strong>de</strong> 1973, época en que el caos reinaba en las empresas <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

Estado. Para que tal política siga operando, es necesario que los ejecutivos<br />

<strong>de</strong> las empresas estatales tengan las manos <strong>de</strong>samarradas para tomar<br />

<strong>de</strong>cisiones con la agilidad requerida.<br />

Esta es la duda que les asiste acerca <strong>de</strong> aceptar o no aceptar el<br />

control. Cree que si la acción <strong>de</strong> la Contraloría se reduce a tomar nota a<br />

posteriori <strong>de</strong> lo obrado, el control no se convertiría en traba. El organismo<br />

contralor simplemente se remitirá a presentar un informe al Ejecutivo con el<br />

<strong>de</strong>talle <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>de</strong>stino que han tenido los recursos que manejan las empresas<br />

estatales, y el Ejecutivo juzgará si tal manejo le gusta o no le gusta, si<br />

cambia al gerente, a los ejecutivos o a la directiva. Pero es inadmisible que<br />

la Contraloría tenga facultad para <strong>de</strong>cidir si una empresa estatal ha sido<br />

ineficiente.

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