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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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propiamente tal, como <strong>de</strong>cía el señor Guzmán, porque no se pue<strong>de</strong> entrar a<br />

llenar los referidos vacíos existentes. De la misma manera, <strong>de</strong>be partirse <strong>de</strong><br />

la base <strong>de</strong> que habrá un tribunal constitucional.<br />

Entonces, sobre la base <strong>de</strong> dichos supuestos esenciales —<strong>de</strong> que<br />

habrá un control político, un control jurisdiccional y un tribunal constitucional.—,<br />

no ve qué inconveniente habría para establecer cuál será la<br />

función <strong>de</strong> la Contraloría, pues se sabe que su control va a ser<br />

fundamentalmente contable, financiero; que va a llevar la contabilidad<br />

general <strong>de</strong> la nación; que tendrá también la facultad <strong>de</strong> representar —como<br />

la tiene hoy día— la ilegalidad e inconstitucionalidad <strong>de</strong> los <strong>de</strong>cretos,<br />

etcétera.<br />

No obstante estar <strong>de</strong> acuerdo, agrega, con el señor Bertelsen en que<br />

sería más expedito el camino <strong>de</strong> abocarse al acta constitucional, tampoco ve<br />

la imposibilidad <strong>de</strong> que, incluso en las circunstancias actuales, y con los<br />

supuestos ya indicados pudieran visualizar lo que será la normativa<br />

<strong>de</strong>finitiva por la cual se regirá la Contraloría General <strong>de</strong> la República.<br />

El señor GUZMAN expresa que concuerda totalmente con el<br />

planteamiento <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Presi<strong>de</strong>nte, y sólo quiere insistir en la conveniencia<br />

<strong>de</strong> que, luego <strong>de</strong> un afinamiento <strong>de</strong> los criterios generales que ya se han<br />

comenzado a discutir y que a su juicio vale la pena pulir algo más todavía —<br />

como con razón han señalado la señora Bulnes y el señor Bertelsen,<br />

pudieran abocarse al estudio <strong>de</strong> un proyecto <strong>de</strong> preceptiva <strong>de</strong>finitiva. Ve en<br />

este itinerario —<strong>de</strong> escoger antes el trabajo sobre la normativa última y<br />

reservar para <strong>de</strong>spués su adaptación a un acta, constitucional— un valor<br />

intelectual y político muy gran<strong>de</strong>.<br />

Hace presente al señor Bertelsen que es difícil en esto ser muy<br />

explícito, porque se trata más bien <strong>de</strong> apreciaciones intuitivas, o <strong>de</strong> costumbres,<br />

o <strong>de</strong> hábitos <strong>de</strong> trabajo, que pue<strong>de</strong>n ser tan legítimas en un<br />

sentido como en el otro. Pero piensa que, si hubiesen usado en las materias<br />

anteriores el método <strong>de</strong> ir primero a la redacción <strong>de</strong> un acta constitucional,<br />

no habrían logrado muchos <strong>de</strong> los progresos importantes que se alcanzaron<br />

en el texto <strong>de</strong> las actas Constitucionales, Porque, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el punto <strong>de</strong> vista<br />

político, no hay duda alguna <strong>de</strong> que, al redactar un acta constitucional,<br />

están bajo la fuerza sicológica <strong>de</strong> estimar que todo lo que se propone se<br />

halla referido al actual Gobierno; y, entonces, la capacidad <strong>de</strong> creación se<br />

ve limitada por una realidad política <strong>de</strong> hecho.<br />

Por otra parte, estima que, en la medida en que se fijen una meta,<br />

aunque sea en términos provisionales, y vean qué parte <strong><strong>de</strong>l</strong> camino pue<strong>de</strong>n<br />

recorrer ahora y qué parte <strong>de</strong>ben reservar para <strong>de</strong>spués, no habrá una<br />

grave pérdida <strong>de</strong> tiempo y, en todo caso, existiría una gran ventaja <strong>de</strong><br />

clarificación <strong>de</strong> conceptos.<br />

Cree que el sistema <strong>de</strong> ir avanzando a través <strong>de</strong> actas constitucionales<br />

que no tengan como punto <strong>de</strong> referencia previo una preceptiva más<br />

o menos clara <strong>de</strong> lo que hoy, por lo menos, entien<strong>de</strong>n como lo que <strong>de</strong>biera<br />

ser un or<strong>de</strong>namiento constitucional <strong>de</strong>finitivo, los pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>sviar <strong>de</strong> la ruta y

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