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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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La verdad es que son dos puntos que han preocupado en este<br />

sentido a la Comisión. Por una parte, lo que podrían ser las normas muy<br />

generales que rijan la estructura y la organización <strong>de</strong> la Administración<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> Estado. Hasta hoy día en la Constitución <strong>de</strong> 1925 no existen<br />

disposiciones al respecto; salvo las relativas al Gobierno y Administración<br />

Interior, al Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República, y una que otra referente a los<br />

Ministros <strong>de</strong> Estado, cuyas funciones ni siquiera se precisan, no hay<br />

disposiciones que en realidad contengan los lineamientos muy generales<br />

<strong>de</strong> lo que <strong>de</strong>be ser la Administración <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado.<br />

Por otro lado, preocupa también a la Comisión lo que se ha<br />

<strong>de</strong>nominado el “or<strong>de</strong>n público económico”, vale <strong>de</strong>cir, aquellas normas<br />

también muy generales que estarían llamadas a <strong>de</strong>terminar cuál <strong>de</strong>be ser<br />

el papel <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado en la economía, conceptos que están muy vinculados<br />

al principio <strong>de</strong> la subsidiariedad, que figura en la Declaración <strong>de</strong><br />

Principios, y en otras disposiciones introducidas en las Actas Constitucionales.<br />

Es <strong>de</strong>cir, se trata <strong>de</strong> dos aspectos que están muy vinculados<br />

entre sí y respecto <strong>de</strong> los cuales sería interesante que los señores Ministros<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> sector económico pudieran hacer presente sus puntos <strong>de</strong> vista<br />

más a<strong><strong>de</strong>l</strong>ante, con la tranquilidad que un tema <strong>de</strong> esta naturaleza requiere,<br />

para que puedan ser abordados en su oportunidad por esta Comisión.<br />

El señor BARAONA (Ministro <strong>de</strong> Economía) manifiesta sobre el<br />

or<strong>de</strong>n público económico, que había conocido las inquietu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> esta<br />

Comisión y, efectivamente, se está pensando en la materia. Es difícil<br />

trasladarse <strong><strong>de</strong>l</strong> terreno <strong>de</strong> los principios a una norma obligatoria y tocar<br />

los puntos esenciales para no ir a toda la estructura económica.<br />

Sin embargo, hay algunos principios que se están elaborando <strong>de</strong>s<strong>de</strong><br />

hace algún tiempo, algunos <strong>de</strong> los cuales mencionará, que tienen relación<br />

con la primera pregunta, relativa a la Administración Pública.<br />

En el transcurso <strong><strong>de</strong>l</strong> tiempo los Gobiernos han tenido sectores o<br />

programas predilectos —mirando la historia <strong>de</strong> treinta años a esta parte—<br />

que se superpusieron a sectores o programas predilectos <strong>de</strong> Gobiernos<br />

anteriores, y así sucesivamente, pero sin abandonar la estructura que la<br />

antigua administración tenía. Entonces, resultó esta Administración <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

Estado terriblemente gran<strong>de</strong>, con faculta<strong>de</strong>s otorgadas —probablemente<br />

en períodos <strong>de</strong> urgencia, cuando esos programas estaban en ejecución—<br />

a funcionarios públicos <strong>de</strong> segunda, tercera, o décima categorías en la<br />

Administración. Y uno se sorpren<strong>de</strong> a veces al encontrarse conque<br />

cuestiones que tienen que ver con la economía y con el patrimonio <strong>de</strong><br />

individuos o empresas, están sujetas, en el fondo, a un informe muy<br />

abajo en la Administración, <strong>de</strong> una persona que <strong>de</strong>ci<strong>de</strong> sí o no. Eso se ha<br />

ido superando en la acción, pero no en la estructura. Para hablar <strong>de</strong> dos<br />

sectores, a vía <strong>de</strong> ejemplo, parece una locura que la Dirección <strong>de</strong> Industria<br />

y Comercio haya tenido facultad para fijar tres mil precios. Esa es<br />

una cosa absoluta y totalmente imposible, y sólo pudo concebirse an-

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