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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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fomento y la Contraloría ejerciera las faculta<strong>de</strong>s que la ley le da, y<br />

muchísimo más si quedara el texto constitucional en la forma propuesta,<br />

la Corporación sería absolutamente inoperante. Pero en la emergencia<br />

actual, que ya lleva casi cuatro años, en que la Corporación está<br />

enajenando un patrimonio estatal importantísimo, la colaboración, ayuda<br />

y compañía <strong>de</strong> la Contraloría en todo esto ha sido esencialmente<br />

beneficiosa para el Estado y para los personeros que han tenido que<br />

actuar. Habría sido muy distinta la posición <strong>de</strong> la opinión pública o <strong>de</strong><br />

quienes pudieran criticar las enajenaciones y las ventas, si no se hubiera<br />

tenido una injerencia permanente y constante <strong>de</strong> la Contraloría, en la cual<br />

se ha encontrado por lo <strong>de</strong>más, salvo excepciones que han sido señaladas<br />

aquí más bien como peligros potenciales, como las referentes a los<br />

mata<strong>de</strong>ros y a los gallineros, una colaboración fundamental tanto <strong>de</strong> parte<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> señor Contralor como <strong><strong>de</strong>l</strong> organismo contralor.<br />

Por otro lado, respecto <strong>de</strong> las actuaciones permanentes <strong>de</strong> la<br />

Corporación el peligro potencial es gravísimo. Un sólo caso: la Contraloría<br />

ha sostenido, por ejemplo, que para constituir una sociedad <strong>de</strong>be dictarse<br />

una resolución, un acuerdo <strong><strong>de</strong>l</strong> Consejo o una resolución sustitutiva <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

Vicepresi<strong>de</strong>nte Ejecutivo, conforme a su ley orgánica. Pero <strong>de</strong>spués que<br />

está suscrita la escritura <strong>de</strong> sociedad; <strong>de</strong>spués que se ha firmado;<br />

<strong>de</strong>spués que se han contratado obligaciones patrimoniales; <strong>de</strong>spués <strong>de</strong><br />

que está inscrita la sociedad, en ese momento <strong>de</strong>be dictarse una<br />

resolución, con trámite <strong>de</strong> “toma <strong>de</strong> razón”, para que la Contraloría diga si<br />

el acto es bueno o malo. Hasta el momento, nunca ha <strong>de</strong>jado <strong>de</strong> tomar<br />

razón <strong>de</strong> la resolución. Pero si fuera <strong>de</strong> otro modo, ¿qué pasaría?<br />

¿Quedaría nula la sociedad? O sea, hay en la actividad normal <strong>de</strong> la<br />

Corporación un peligro potencial que se agrava con el texto constitucional.<br />

En cuanto al otro asunto abordado por el señor Ministro<br />

Vicepresi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> CORFO, relativo a las medidas disciplinarias, <strong>de</strong>be<br />

<strong>de</strong>cir, hablando con la experiencia <strong>de</strong> veinte años en la Corporación, que<br />

miles <strong>de</strong> veces al año, sin exagerar. hay ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong> Gobierno, <strong><strong>de</strong>l</strong> señor<br />

Ministro <strong>de</strong> Economía, <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Ministro <strong>de</strong> Hacienda, <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Presi<strong>de</strong>nte<br />

<strong>de</strong> la República, en el sentido <strong>de</strong> que, en <strong>de</strong>terminado caso, hay<br />

que actuar <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminada manera; y simplemente se trata <strong>de</strong> un llamado<br />

telefónico, <strong>de</strong> una instrucción. Eso nunca se aparta ni <strong>de</strong> la moralidad<br />

ni <strong>de</strong> las buenas costumbres, pero sí <strong>de</strong> los textos <strong>de</strong>masiado<br />

precisos <strong><strong>de</strong>l</strong> reglamento en el otorgamiento <strong>de</strong> un préstamo a una sociedad<br />

que se sabe que en noventa días más a lo mejor cae en falencia y<br />

respecto <strong>de</strong> la cual existe una <strong>de</strong>cisión política en or<strong>de</strong>n a prestarle la<br />

plata, a arriesgarse ¿Cómo lo pue<strong>de</strong> juzgar la Contraloría, si se le<br />

mantiene o se hace mayormente fuerte este tipo <strong>de</strong> atribuciones.<br />

Por eso, consi<strong>de</strong>ra gravísimo lo <strong>de</strong> la insistencia en las medidas<br />

disciplinarias respecto <strong>de</strong> quienes están en la función pública, en el caso<br />

<strong>de</strong> que esa facultad se llegara a corroborar con rango constitucional.<br />

El señor LORCA, en relación con este último aspecto, consulta al

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