17.05.2013 Views

Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

como una <strong>de</strong>ferencia porque, si han aprobado con él todas estas<br />

disposiciones, le parecería un poco <strong>de</strong>scortés <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> la Comisión llegar<br />

a conclusiones —si es que llegan— sin siquiera darle la oportunidad <strong>de</strong><br />

intervenir.<br />

Aña<strong>de</strong> que el primer artículo dice: “La facultad <strong>de</strong> conocer <strong>de</strong> las<br />

causas civiles y criminales, sentenciar y hacer ejecutar lo juzgado<br />

pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el<br />

Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República, ni el <strong>Congreso</strong> pue<strong>de</strong>n en caso alguno ejercer<br />

funciones judiciales, abocarse a causas pendientes y hacer revivir procesos<br />

fenecidos”.<br />

Este primer inciso es prácticamente igual al artículo 80, con la única<br />

diferencia, como señaló al comienzo, <strong>de</strong> que se precisan mejor las distintas<br />

etapas <strong><strong>de</strong>l</strong> procesamiento, pues, en lugar <strong>de</strong> referirse a la facultad <strong>de</strong><br />

juzgar, se refiere a la facultad <strong>de</strong> conocer, sentenciar y hacer ejecutar lo<br />

juzgado.<br />

El señor BERTELSEN expresa que tiene dos observaciones que hacer<br />

a este inciso. La primera es que se encuentran con una mención a una<br />

institución como el <strong>Congreso</strong>, que no está funcionando, o no existe, por lo<br />

cual, si van a refundir el texto para elaborar el Acta Constitucional, tienen<br />

que cambiar la expresión.<br />

La otra observación inci<strong>de</strong> en el alcance que pue<strong>de</strong> dársele a la<br />

expresión “causas civiles” —con las causas criminales no hay dificultad—<br />

porque, si piensan en lo relativo a lo contencioso-administrativo, y si toman<br />

el término “civil” como sinónimo <strong>de</strong> toda acción pecuniaria, podría ser, pero<br />

hay algunos asuntos contencioso-administrativos en que lo pecuniario está<br />

muy al margen.<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) señala que sobre ese particular<br />

quiere hacer presente al señor Bertelsen que hay un proyecto elaborado<br />

por la Subcomisión. Ese proyecto fue elaborado sobre la base <strong>de</strong> ciertas<br />

pautas generales que dio la propia Comisión, y hubo acuerdo unánime <strong>de</strong> la<br />

Subcomisión para que el conocimiento <strong>de</strong> los asuntos contenciosoadministrativos<br />

fuera entregado en el hecho a la justicia ordinaria. Si bien<br />

es cierto que en una primera instancia <strong>de</strong>berían conocerlos los jueces<br />

letrados <strong>de</strong> asiento <strong>de</strong> Corte, en una segunda instancia la Corte<br />

probablemente estaría integrada con algunos especialistas.<br />

En todo caso, ha habido consenso para que estos tribunales que<strong>de</strong>n<br />

necesariamente sometidos a la jurisdicción disciplinaria <strong>de</strong> la Corte<br />

Suprema. De manera que no les mereció duda alguna en el sentido <strong>de</strong> que<br />

estaban comprendidos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> las expresiones que emplea este artículo.<br />

Con mayor razón si en <strong>de</strong>finitiva, en otro precepto que se refiera a lo<br />

contencioso-administrativo, se dirá en forma explícita que quedan bajo la<br />

jurisdicción <strong><strong>de</strong>l</strong> más alto tribunal <strong>de</strong> la República.<br />

Agrega que en cuanto a la primera observación, tiene toda la razón.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!