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Sesiones 281 a 318 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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<strong>de</strong> Derecho, consignada en el Acta Constitucional Nº 2. Lógicamente que<br />

otros puntos relacionados con la Contraloría no los van a po<strong>de</strong>r discutir,<br />

como es, por ejemplo, todo el tema <strong>de</strong> la fiscalización propiamente política.<br />

En ello quedará el vacío propio <strong>de</strong> un sistema <strong>de</strong> concentración <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r<br />

como el existente en <strong>Chile</strong> actualmente, al estar íntimamente relacionados<br />

los órganos Legislativo y Ejecutivo, por lo cual no pue<strong>de</strong> existir una<br />

fiscalización parlamentaria.<br />

La señora BULNES concuerda plenamente con los señores Carmona y<br />

Bertelsen. En varias sesiones, <strong>de</strong>staca, ha expresado su inquietud por ir a<br />

un tratamiento separado <strong>de</strong> la Constitución <strong>de</strong>finitiva y <strong>de</strong> las actas<br />

constitucionales. Hace presente que no es profesora <strong>de</strong> Derecho<br />

Administrativo ni es su especialidad la ciencia <strong>de</strong> la Administración; pero<br />

advierte que, en cuanto a la Contraloría General <strong>de</strong> la República, se<br />

plantearán <strong>de</strong> inmediato una serie <strong>de</strong> problemas relacionados directamente<br />

con lo contencioso-administrativo.<br />

De acuerdo a la realidad nacional, prosigue, si hoy día se tratara en<br />

un acta constitucional todo lo relativo a la Contraloría, no quedaría sino<br />

aumentar las faculta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> tal organismo para suplir los órganos<br />

legislativos.<br />

Los tribunales administrativos no existieron sino <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el año 25 en<br />

a<strong><strong>de</strong>l</strong>ante, creados con rango constitucional, y ha sucedido que a la<br />

Contraloría se le han ido entregando funciones y atribuciones que no son<br />

propias <strong>de</strong> un organismo contralor, con lo cual aparece hoy premunida <strong>de</strong><br />

diversas faculta<strong>de</strong>s típicas <strong>de</strong> órganos contencioso-administrativos. De ahí<br />

que se le presenta una gran inquietud que <strong>de</strong>sea que alguien la resuelva:<br />

cómo llevar a un acta constitucional todo lo relativo a los <strong>de</strong>cretos <strong>de</strong><br />

insistencia si <strong>de</strong>spués habrá un proyecto <strong>de</strong> lo contencioso-administrativo<br />

que establece el recurso <strong>de</strong> anulación. Acogido el recurso <strong>de</strong> anulación, se<br />

anula el acto. Si éste está insistido por el Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República<br />

tendrían que tomar una solución en el acta constitucional o, <strong>de</strong> lo contrario,<br />

<strong>de</strong>cir que no aprobarán materia alguna relativa a lo contenciosoadministrativo.<br />

Por otra parte, agrega, la Contraloría tiene también una atribución<br />

relativa a la interpretación <strong>de</strong> las leyes administrativas, que es típico<br />

recurso <strong>de</strong> interpretación <strong>de</strong> que están siempre premunidos los órganos<br />

contencioso-administrativos. Pregunta si se la van a mantener, o la van a<br />

privar <strong>de</strong> ella. Existe, a<strong>de</strong>más, la interrogante si van a <strong>de</strong>jarle o no la<br />

facultad <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisión sobre los <strong>de</strong>rechos y <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> los funcionarios, que<br />

es atribución típica <strong>de</strong> un tribunal,<br />

Es menester, entonces, —y vuelve a plantear su inquietud—, que la<br />

Comisión se aboque al estudio <strong>de</strong> estos principios generales, y, quizás, que<br />

haga saber al Gobierno que éste sería el planteamiento, y sobre eso<br />

empezar a ver qué <strong>de</strong>sea en relación con el acta constitucional y con los<br />

problemas que ésta presentaría.<br />

El señor ORTUZAR (Presi<strong>de</strong>nte) estima que la interrogante planteada

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