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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. VI! EJECUCIÓN CONTRACTUAL / CULMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL ART.

contratista (...) siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato

para ello'".

DOCTRINA

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas p 490

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"El precio, remuneración o retribución es la contraprestación debida de la entidad al

contratista por la ejecución de la obra contratada. Dicha retribución puede ser objeto

de adelantos o anticipos (que se van deduciendo de las valorizaciones de avance de

obra), de pagos parciales según avance de la obra y con cargo al balance final) y el

ajuste final cuando se liquide la obra. En estos contratos lo usual es que el precio se

exprese en moneda nacional, por lo que para el mantenimiento de valor se aprueban

en el mismo contrato la fórmula polinómica que permita identificar un coeficiente

(valor K) cuya aplicación a cada valorización permite reajustar su valor" (p. 147).

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas p 491

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"El contratista tiene los siguientes derechos frente a la entidad contratante:

A percibir el precio pactado o la retribución convenida luego de haber ejecutado su

prestación y obtenido la respectiva conformidad, como regla general, y en caso de

retrasos, al cobro de intereses legales desde la oportunidad en que el pago debió

efectuarse" (p. 680).

§

Obligaciones posteriores al pago final

Las controversias relacionadas con obligaciones que corresponden ejecutarse con

posterioridad a la fecha del pago final pueden ser sometidas a conciliación y/o

arbitraje dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha en que debían

ejecutarse.

C o n co rd an cia s en la LC E:

A rt. 37:

A rt. 40:

Cesión de derechos de pago a favor de terceros

Obligaciones y responsabilidades del contratista luego de otorgada la conformidad

Concordancias en el RLCE:

A rt. 171: Pago

A rt. 199: O bligaciones posteriores la pago en contratos de obra

A rt. 169: Recepción y conform idad

A rt. 173: Vicios ocultos

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