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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 20

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

D1 1 7

D118

Morón Ürbin ., Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"A su turno, el Reglamento General de Contratación Administrativa de Costa Rica

contempla la prohibición general de fraccionamiento o, como le llama, fragmentación

del contrato, incluyendo sus aspectos objetivo y subjetivo antes identificados

en otros ordenamientos. A ello, adiciona dos supuestos tasados donde se considera

que el fraccionamiento no es reprochable, en función de factores exógenos al proceso

adquisitivo: urgencia del consumo y la descentralización funcional de la entidad

para la contratación independiente porcada unidad administrativa.

Esta norma dispone lo siguiente:

Artículo 40.- Prohibición de fragmentar

40.1 La Administración no podrá fragmentar sus adquisiciones de bienes y servicios

ni la contratación de obras, con el propósito de variar el procedimiento de

contratación.

40.2 La adquisición de bienes y servicios que sean para uso o consumo urgente,

no se considerará como fraccionamiento.

40.3 No existirá fragmentación cuando en una Institución, con el propósito de

atender programas, proyectos o servicios regionalizados o especializados, existan

unidades de adquisición de suministros independientes o desconcentradas'"

(p. 398).

Morón Urbin^ Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"De modo análogo, la Ley de Contratación Pública de Ecuador establece la prohibición

de fraccionar contratos, configurándolo como la unión del factor objetivo de

la división de adquisiciones con el ánimo de eludir procesos licitarios más complejos,

aun cuando ello no se llegue a producir. A este tratamiento agrega un supuesto

tasado que no se considera fraccionamiento, cuando se contraten etapas distintas

de un proyecto.

En tal sentido la norma específica establece:

'Artículo 69- Prohibición de subdividir contratos

El objeto de la contratación o la ejecución de un proyecto no podrá ser subdividido

en cuantías menores, en forma que, mediante la celebración de varios contratos,

se eludan o se pretendan eludir los procedimientos establecidos en la ley.

La transgresión de esta norma será sancionada con la remoción del cargo de

los funcionarios que tomaren tal decisión, sin perjuicio de las responsabilidades

civiles y penales a que hubiere lugar.

Se entenderá que no existe la antedicha subdivisión cuando, al planificar la ejecución

del proyecto o revisar tal planificación, se hubieran previsto dos o más

etapas específicas y diferenciadas, siempre que la ejecución de cada una de ellas

tenga funcionalidad y se encuentre coordinada con las restantes, de modo que

garanticen la unidad del proyecto'" (pp. 398 - 399).

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