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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL/OBRAS ART. 1 7 6

Cabe resaltar que, mediante la presente opinión, este Organismo Técnico Especializado

precisa el criterio establecido en el numeral 3.1 de la Opinión N° 075-2016/DTN,

en la medida, que el contratista -bajo su responsabilidad- puede optar por iniciar la

ejecución de la obra, incluso antes de cumplirse todas las condiciones previstas en el

artículo 152 del Reglamento [véase art. 176 del nuevo RLCE], precisándose que por

lo menos debe haberse cumplido con la entrega del terreno.

En ese sentido el inicio de labores del personal profesional clave se dará a partir del

inicio de actividades propias de la ejecución de obra las que pueden darse incluso

antes del cumplimento de todas las condiciones previstas en el artículo 152 del

Reglamento [véase art. 176 del nuevo RLCE]".

OPINIÓN 045-2015/DTN: Importancia de la entrega de terreno, posibilidad de

entregas parciales y responsabilidad del contratista de cotejar las características del

terreno con lo previsto en el expediente técnico

"(...) una de las condiciones para el inicio del plazo de ejecución de obra 'Que la Entidad

haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra'.

Sobre el particular, debe indicarse que la referida condición se establece con la finalidad

de que las partes -sobre todo, el contratista- verifiquen que el terreno donde

se ejecutará la obra es compatible con lo señalado en el expediente técnico y que se

encuentra disponible para su ejecución.

El carácter disponible del terreno implica que esté listo para usarse o utilizarse; es

decir, que el contratista pueda ejecutar la obra libremente, sin que terceros puedan

impedir dicha ejecución.

En esa medida, para considerar cumplido el requisito señalado en el numeral anterior

-y, de esta manera, garantizar la disponibilidad del terreno-, se debe procurar

la entrega de la totalidad del terreno donde se ejecutará la obra; es decir, la Entidad

le debe entregar al contratista todos los lotes o áreas que formen parte del mismo,

debiendo realizar, previamente, las gestiones que correspondan cuando dichos lotes

o áreas no pertenezcan a la Entidad.

Sin perjuicio de la regla general detallada en el numeral anterior, es necesario precisar

que una Entidad, dentro del alcance de una decisión de gestión y en el marco

de sus fines institucionales y competencias funcionales, podrá entregar, en forma

excepcional y con el correspondiente sustento técnico, el terreno parcialmente o

con áreas no disponibles cuando las condiciones particulares de la obra lo requieran

(por ejemplo, obras lineales ejecutadas por tramos o por etapas), siempre que con

ella se garantice la oportuna ejecución de la obra y que las áreas de terreno pendientes

de entrega o no disponibles al momento de iniciar la ejecución de la obra estén

a disposición del contratista en el momento que lo requiera, según lo establecido en

el calendario de avance de obra.

Lo indicado anteriormente no impide que, durante la ejecución de la obra, el

contratista solicite las ampliaciones de plazo que correspondan, de existir áreas

de terreno cuya falta de disponibilidad afecte la ruta crítica del programa de

avance de obra".

OP955

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