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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS ART.

h) Las entidades que contraten a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo

Marco son responsables de aplicar las reglas establecidas en el respectivo

Acuerdo Marco.

i) Un proveedor adjudicatario puede rechazar una solicitud de cotización cuando la

Entidad mantenga retrasos en el pago de deudas derivadas de cualquier tipo de

obligación con dicho proveedor, retrasos en el pago de las obligaciones asumidas

en los Catálogos Electrónicos frente a otro proveedor adjudicatario, u otros casos

que se determinen en los documentos asociados a la convocatoria.

j) El plazo de vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco es especificado

en los documentos de la convocatoria, tanto para su implementación

como para la extensión de su vigencia.

k) Las entidades pueden exceptuarse de la obligación de contratar los bienes

y/o servicios de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, en caso verifiquen

en el mercado la existencia de condiciones más ventajosas, las cuales

son objetivas y demostrables, para lo cual obtienen previamente la autorización

de PERÚ COMPRAS, bajo sanción de nulidad.

l) Toda contratación que las entidades realicen a través de los Catálogos Electrónicos

de Acuerdos Marco lleva un expediente de contratación aprobado.

115.2. PERÚ COMPRAS aprueba disposiciones complementarias para la implementación,

extensión de la vigencia y gestión de los Catálogos Electrónicos de

Acuerdo Marco.

115.3. Las controversias que surjan de las actuaciones de la gestión de operatividad

tales como la inclusión y exclusión de fichas-producto, inclusión y exclusión

de ofertas, e inclusión y exclusión de proveedores de un Catálogo Electrónico de

Acuerdo Marco, son resueltas por PERÚ COMPRAS.

Concordancias en la LCE:

Art. 2 lit. d: Principio de publicidad

Art. 2 lit. j: Principio de integridad

Art. 13.1: Prohibición de participación en consorcio

Art. 18.2: Restricción de establecer valor estimado

Art. 31:

Métodos especiales de contratación

Art. 41.1:

Interposición de recurso de apelación

Art. 41.2: Oportunidad de presentación del recurso de apelación

Art. 41.3: Competencia de la Entidad o del Tribunal para resolver la impugnación

Art. 44.1: Causal para la declaratoria de nulidad por el Tribunal

Art. 44.2: Causal para la declaratoria de nulidad por Titular de la Entidad

Art. 47:

Definición del SEACE

Art. 48:

Obligatoriedad del uso del SEACE

Art. 49:

Validez y eficacia de los actos realizados por medio del SEACE

Art. 50.1 lits. b, f y k: Infracciones administrativas

Art. 50.2 lits. a, b y c: Sanciones administrativas

Art. 50.4 lit. a: Consecuencias de la medida cautelar de multa

Art. 50.4 lit. b: Consecuencias de la inhabilitación temporal

Art. 50.4 lit. c: Consecuencias de la inhabilitación definitiva

Art. 59 lit. a: Competencia del Tribunal de Contrataciones del Estado de resolver controversias

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