27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

T. VI SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ART.

a g o ta n la vía a d m in istra tiv a , p o r lo q u e no c a b e in te rp o n e r re cu rso a d m in istra tiv o

a lg u n o .

Concordancias en la LCE:

A rt. 41:

A rt.4 3 :

Recursos adm inistrativos

Denegatoria ficta

Concordancias en el RLCE:

A rt. 125: Procedim iento ante la Entidad

A rt. 126: Procedim iento ante el Tribunal

A rt. 127: Contenido de la resolución

A rt. 128: Alcances de la resolución

A rt. 129: Cum plim iento de la resolución dictada por el Tribunal

A rt. 133: Denegatoria ficta

A rt. 135: Acción contenciosa adm inistrativa

O PIN IO N ES D E L O S C E

OPINIÓN 046-2018/DTN: La re so lu ció n d ictad a p o r el T rib u n al de C o n tratacio n e s O P 7 4 5

del Estad o q u e re su e lve el recu rso de a p ela ció n ag o ta la vía a d m in istra tiv a

"(...) la resolución dictada por el Tribunal de Contrataciones del Estado que resuelve

dicho recurso de apelación -y que agota la vía administrativa- debe ser cumplida

por las partes, sin calificarla, y bajo sus propios términos. Así, de conformidad con lo

establecido en el numeral 107.2 del artículo 107 del Reglamento [v é a se a rt. 129 d el

n u e v o R LC E ], 'Cuando la Entidad no cumpla con lo dispuesto en una resolución del

Tribunal, se comunica tal hecho a la Contraloría General de la República, sin perjuicio

de la responsabilidad que pueda corresponder al Titular de la Entidad".

OPINIÓN 067-2017/DTN:La re so lu ció n o d e n e g a to ria fic ta del T rib u n al de C o n trata- OP 7 4 6

cio n e s del E sta d o p o n e fin al p ro ced im ie n to a d m in istra tiv o im p u g n a to rio y co n stitu

y e d e cisió n d e ú ltim a y d e fin itiv a in stan cia a d m in istra tiv a

"(...) la resolución o denegatoria ficta del Tribunal de Contrataciones del Estado, al

poner fin al procedimiento administrativo impugnatorio, constituyen decisiones

de última y definitiva instancia administrativa, en esa medida son ejecutables en

sus términos. Sin embargo, si el administrado acude al Poder Judicial para cuestionar

la decisión, mediante la acción contenciosa administrativa, no se suspende

su ejecución, salvo que el órgano jurisdiccional conceda una medida cautelar a

solicitud interesado. Ahora bien, la ejecución de lo resuelto en última instancia

administrativa sólo se suspende por el tiempo de vigencia de la medida cautelar,

por lo que de levantarse y dejarse sin efectos aquella medida judicial que afectaba

determinado proceso de selección, resulta razonable que no existiría impedimento

de su continuación, es decir, formalizar la suscripción o ejecución del

contrato resultante".

8 89

■ ■

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!