27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

T. II PROCESO DE CONTRATACIÓN / MÉTODOS DE CONTRATACIÓN ART. 29

de los sobres. Pero si se trata de ofertas inadmisibles, la situación será advertida y,

por ende, declarada bien durante la evaluación de las propuestas técnicas o durante

la evaluación económica de la propuesta. Incluso, si se trata de la inconcurrencia de

adjudicatarios a la suscripción del contrato, procederá la declaratoria en la fase de

perfeccionamiento del contrato.

Producida una ausencia de postores o un proceso fracasado por propuestas inadmisibles

en un proceso de objeto único (proceso totalmente desierto) o en uno o

más de los ítems en un proceso convocado de esta manera (proceso parcialmente

desierto) resulta lógico que el proceso de contratación iniciado se vea frustrado en

la medida que la Administración no ha recibido propuestas que puedan ser comparadas,

evaluadas y, de ser el caso, adjudicables. Por ello, resulta necesario que el

ordenamiento articule un mecanismo que le permita atender su demanda insatisfecha

de bienes, servicio u obras, pero, además, cautela cumplir con el mandato constitucional

e imperativo económico de la concurrencia de los postores en libre competencia.

Por ello, la normativa habilita al comité para que apreciando las causales

para declarar desierto un proceso, lo constate y declare mediante acto administrativo

reglado e impugnable, y proceda a intentar nuevamente invitar al mercado para

obtener aquello que necesita" (p. 557).

Morón Urbina, Juan Carlos. Lo contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"La deserción reiterada de postores

En caso de producirse una segunda y reiterada situación de deserción de postores,

sea por su ausencia, por haberse presentado ofertas inadmisibles o de manera

sobreviniente han desertado tanto el adjudicatario como el segundo en el cuadro

de méritos, procederá que la Administración realice una adjudicación más simple

para obtener el bien, servicio u obra que necesite. Nótese que la reiteración de la

deserción puede darse por cualquiera de los tres supuestos, sin diferenciar entre

ellos, dado que lo relevante es la situación de imposibilidad de contratación en que

ha quedado la Administración y el momento o forma en que la deserción del mercado

se ha producido.

Se presume que el tiempo insumido entre ambas convocatorias suponen una afectación

al interés de la entidad de contar con los bienes, servicios u obras para el

cumplimiento oportuno de sus cometidos institucionales, por lo que le faculta una

vía más expeditiva de contratación. Como se puede apreciar, no estamos propiamente

frente a una exoneración por desabastecimiento inminente, en que la administración

queda habilitada la realización de acciones directas de contratación con

un postor, sino en un nivel intermedio: la adjudicación simplificada. Lo cual no obsta

que si convergen las condiciones para la situación de desabastecimiento inminente

pueda la autoridad optar por esta alternativa y con las limitaciones de esta misma

opción" (pp. 563 - 564).

[) 3Q8

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas [) 309

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"Respecto al momento en que se realice la segunda convocatoria desde la segunda

deserción no existe un término preciso para ello, ya que si bien la tendencia general

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!