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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. IX CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL/ JUNTA DE RESOLUCIÓN ART. 2 5 2

de Disputas emita y notifique a las partes su decisión o ii) se comunique a las partes

la disolución de la Junta de Resolución de Disputas o iii) se ha producido la

recepción total de la obra, según corresponda.

251.3. Todas las materias comprendidas en las decisiones de la Junta de Resolución

de Disputas pueden ser sometidas a arbitraje siempre que la parte que se

encuentre en desacuerdo haya manifestado oportunamente su disconformidad,

debiendo interponerse el arbitraje respectivo dentro de los treinta (30) días hábiles

siguientes a la recepción de la obra. En estos casos se plantea un único arbitraje,

con independencia del número de decisiones de la Junta de Resolución de

Disputas que se sometan a controversia. El sometimiento a arbitraje de las decisiones

de la Junta de Resolución de Disputas no suspende el trámite de liquidación

del contrato, siendo que en caso de plantearse controversia respecto de la liquidación

final, esta se acumula necesariamente con el proceso arbitral a cargo de resolver

las decisiones de la Junta de Resolución de Disputas.

251.4. Bajo responsabilidad, el Titular de la Entidad o el servidor en quien este haya

delegado tal función evalúa la conveniencia o no de someter a arbitraje las decisiones

de la Junta de Resolución de Disputas considerando criterios de costobeneficio

y ponderando los costos en tiempo y recursos de recurrir a la vía arbitral,

así como la expectativa de éxito en dicha vía y los riesgos de no adoptar la decisión.

Dicha evaluación está contenida en un informe técnico legal debidamente

fundamentado.

Concordancias en la LCE:

Art.45.8:

Aplicación de la Junta de Resolución de Disputas

Concordancias en el RLCE:

Art. 243: Junta de Resolución de Disputas

Art. 246: Actividades de la Junta de Resolución de Disputas

Art. 249: Decisiones de la Junta de Resolución de Disputas pendientes a la fecha de recepción

de la obra

Art. 250: Las decisiones de la Junta de Resolución Disputas son vinculantes y obligatorias

Art. 252: Cómputo de plazos de caducidad en relación a las decisiones de la Junta de

Resolución de Disputas

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 020-2016-OSCE/CD: Junta de Resolución de Disputas

§

ARTÍCULO 252

Supuestos especiales de cómputo de plazos de caducidad

Cuando las partes pactaron la Junta de Resolución de Disputas, los plazos de caducidad

previstos en la Ley para someter la controversia a arbitraje se contabilizan de

la siguiente manera:

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