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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 24

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

"En el caso de adjudicaciones simplificadas, selección de consultores individuales y

comparación de precios, la apelación se presenta dentro de los cinco (5) días hábiles

siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro. En el caso de

subasta inversa electrónica, el plazo para la interposición del recurso es de cinco (5)

días hábiles, salvo que su valor referencial corresponda al de una licitación pública

o concurso público, en cuyo caso el plazo es de ocho (8) días hábiles. En el caso del

procedimiento de implementación o extensión de vigencia de los Catálogos Electrónicos

de Acuerdo Marco, el plazo para la interposición del recurso es de ocho (8)

días hábiles" (p. 30).

D 2 13

D 214

D 215

Santy Cabrera, Luiggi V."Nuevos criterios de oportunidad para los recursos de apelación

ante el Tribunal de Contrataciones del Estado". En: Administración Pública & Control N° 43,

Gaceta Jurídica, Lima, julio 2017.

"Conforme al Acuerdo N° 03-2017/TCE, Improcedencia de recursos de apelación por

extemporaneidad, se establece que los recursos de apelación formulados contra el

otorgamiento de la buena pro o los actos dictados con anterioridad a ella en los

casos de licitación pública; concurso público para servicios en general; adjudicación

simplificada para bienes, servicios en general y obras; subasta inversa electrónica,

selección de consultores individuales; y comparación de precios, el plazo para

impugnar se computa a partir del día siguiente de la notificación de la buena pro

a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), aun cuando

esta pueda haberse efectuado en acto público" (p. 40).

Gómez Nestares, José Rodolfo. "Análisis de la nueva Ley de Contrataciones del Estado y su

proyecto de Reglamento". En: Administración Pública & Control N° 22, Gaceta Jurídica, Lima,

octubre 2015.

"Con relación a los órganos a cargo del procedimiento de selección, el artículo 22 del

Reglamento [véase art. 43 del nuevo RLCE] prescribe que habrá un comité de selección

para cada procedimiento, designado para licitación pública, concurso público

y selección de consultores individuales; reservando para el órgano encargado de las

contrataciones la realización de la subasta inversa electrónica, la adjudicación simplificada,

la comparación de precios y la contratación directa; no obstante, podrá designarse

de considerarse necesario, un comité de selección para la subasta inversa electrónica

y la adjudicación simplificada" (p. 34).

Morón Urbina, Juan Carlos y Paredes Carranza, Milagros. "Nuevo régimen de contratación

pública. Reporte especial". En: Administración Pública & Control N° 24, Gaceta Jurídica,

Lima, diciembre 2015.

"Los documentos del procedimiento de selección son las bases, solicitudes de expre

sión de interés para selección de consultores individuales, así como las solicitudes de

cotización para comparación de precios según el tipo de procedimiento de selección

del que se trato. Deberán elaborarse utilizando los documentos estándar que

aprueba el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) mediante

directiva, conforme a la información técnica y económica del expediente de contratación

aprobado" (p. 6).

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