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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 6

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de la contratación,

y las condiciones en las que esta debe ejecutarse".

OP134

OP135

OP136

OP137

OPINIÓN 018-2018/DTN: Responsabilidad del área usuaria en la formulación del

requerimiento

"(...) el área usuaria es responsable de la adecuada formulación del requerimiento,

debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por

errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación".

OPINIÓN 111 -2018/DTN: El requerimiento no hará referencia a fabricación o procedencia,

procedimiento de fabricación, marcas, patentes, ni descripción que oriente

a la contratación hacia ellos

"(...) en concordancia con lo establecido en los numerales 16.2 del artículo 16 de la

Ley y 8.4 del artículo 8 del Reglamento [véase art. 29 num. 29.4 del nuevo RLCE]

en la definición del requerimiento no se hace referencia a fabricación o procedencia,

procedimiento de fabricación, marcas, patentes o tipos, origen o producción determinados,

ni descripción que oriente la contratación hacia ello; salvo que la Entidad

haya ¡mpiementado el correspondiente proceso de estandarización debidamente

autorizado por su Titular, en cuyo caso deben agregarse las palabras 'o equivalente'

a continuación de la referencia que se mencione".

OPINIÓN 005-2017/DTN: Términos de referencia son definidos en el requerimiento

"(...) los Términos de referencia -definidos por el área usuaria en su requerimientose

incorporaban en las Bases, constituyendo las reglas del proceso de selección que

se hubiera convocado para contratar servicios, a fin de que los proveedores pudieran

conocer la descripción, condiciones y detalles de los servicios que la Entidad

deseaba contratar".

OPINIÓN 180-2017/DTN: Especificaciones técnicas como parte de las condiciones

de lo que se quiere contratar

"(...) las especificaciones técnicas, términos de referencia y expediente de contratación,

comprenden las características, condiciones, cantidad y calidad de aquello

que se requiere contratar, en función de las necesidades del área usuaria, las que se

encuentran vinculadas con el logro de los objetivos institucionales".

Estandarización del requerimiento

OP138

OPINIÓN 116-2017/DTN: Estandarización del requerimiento

"(...) la estandarización parte del supuesto de que la Entidad posea determinada

infraestructura o equipamiento (maquinarias, equipos, vehículos, u otro tipo de bienes,

así como ciertos servicios especializados), cuya funcionalidad, operatividad o el

mantenimiento de su valor económico solo resultan posibles mediante la implementación

de bienes o servicios que responden a marcas, tipos o fabricantes específicos".

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