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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. IX CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL / MEDIOS DE SOLUCIÓN ART. 2 3 6

Art. 47.2:

Información relacionada al arbitraje es registrada en el SEACE

Concordancias en el RLCE:

Art. 227: Solicitud de arbitraje ad hoc

Art. 228: Respuesta de solicitud de arbitraje ad hoc

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 016-2017-OSCE/CD: Procedimiento para la instalación de árbitro único o tribunal arbitral

ad hoc

Directiva N° 021-2016-OSCE/CD: Tabla de gastos arbitrales aplicables a los arbitrajes organizados y

administrados por el OSCE y los arbitrajes ad hoc

OPINIONES DEL OSCE

OPINIÓN EN ARBITRAJE 001-2014/DAA: Consecuencias por la no presentación de OP1162

ia solicitud de instalación de tribunal arbitral ad-hoc

(...) en ejercicio del C o m p eten ce-C om p eten ce, es el Árbitro Único o Tribunal Arbitral,

según corresponda, el com petente para decidir sobre la continuación del proceso

arbitral frente a la inactividad de las partes para la continuación del arbitraje.

En consecuencia, en caso ninguna d e las partes solicite la instalación del tribunal

arbitral ad hoc en el plazo establecido para ello, corresponderá al Tribunal Arbitral

definir el archivo o no del arbitraje, según el caso en particular, sin que dicha decisión

responda a una obligación legal preexistente".

§

ARTÍCULO 236

De la organización y Administración de Arbitrajes a

cargo del SNA - OSCE

236.1. El O S C E organiza y adm inistra un régim en institucional d e arbitraje en C o n ­

tratacio nes del Estado, en armonía con el principio de subsidiariedad, denominado

Sistem a Nacional de Arbitraje (SNA-OSCE), su je tándose a las reglas estab le cidas

en el presente artículo y en el R eg lam ento del SN A-O SCE.

236.2. Pued en so m eterse a arbitraje institucional a cargo del SN A -O SCE las co ntro ­

versias q u e d eriven d e la ejecu ció n d e contratos d e b ienes y servicios en general,

cu yo s valores estim ad o s sean iguales o m eno res a d iez (10) UIT. El arbitraje ante el

SN A -O SCE es iniciado d entro del plazo d e caducid ad previsto en el artículo 45 de

la Ley, no su sp e n d ié n d o se en ningún m o m ento por el tiem p o q u e d em o re verificar

las co n d icio n es habilitantes del sistem a.

236.3. El O S C E se en cu en tra facultad o para en carg ar a otras instituciones públicas,

m ediante co nven io y d e acuerd o a lo estab lecid o en la D irectiva co rresp o ndiente,

la o rg anización y adm inistración del régim en institucional d e arbitraje subsidiario

a su cargo.

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