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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA ART. 91

RESOLUCIÓN N° 2137-2018-TCE-S2: Riesgos de permitir que la oferta del postor j 368

contenga divergencias a las especificaciones exigidas por la Entidad

"(...) permitir que la oferta presentada por un postor contenga divergencias respecto

a las especificaciones exigidas por la Entidad, conlleva serios riesgos para esta, pues

Inclusive puede generar eventuales controversias en la etapa de ejecución contractual,

ai dejarse abierta la posibilidad que el postor ofrezca bienes con características

distintas a las requeridas por el área usuaria" (p. 1).

RESOLUCIÓN N° 1987-2018-TCE-S2: La formulación y presentación de las ofertas es j 369

de entera y exclusiva responsabilidad de cada postor

"Resulta necesario tener presente que la formulación y presentación de las ofertas es

de entera y exclusiva responsabilidad de cada postor, de manera que las consecuencias

de cualquier deficiencia o defecto en su elaboración o en los documentos que

la integran deben ser asumidas por aquél, siendo tal hecho enteramente propio del

Adjudicatario, pues correspondía que incluya en su oferta toda la información necesaria,

a efectos que el Comité de Selección tuviera todas las herramientas a fin de realizar

una evaluación acorde a la normativa, sin lugar a interpretaciones, como se ha

pretendido en esta instancia" (p. 1).

§

91.1. Tratándose de bienes, servicios en general y obras en el supuesto de que dos

(2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas

empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el siguiente orden:

a) Las microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad

o a los consorcios conformados en su totalidad por estas empresas,

siempre que acrediten tener tales condiciones de acuerdo con la normativa de

la materia; o

b) Las microempresas y pequeñas empresas o a los consorcios conformados en

su totalidad por estas, siempre que acrediten tener tal condición de acuerdo

con la normativa de la materia; o

c) A través de sorteo.

Solución en caso de empate

91.2. En el caso de consultorías en general y consultoría de obras en el supuesto

que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa

observando estrictamente el siguiente orden:

a) Las microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad

o a los consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, siempre

que acrediten tener tales condiciones de acuerdo con la normativa de la

materia; o

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