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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 22

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

D185

D186

D187

D T 88

Capcha Reymundo, Blanca. "Rango constitucional y principios rectores de la licitación

pública". En: Administración Pública & Control N° 31, Gaceta Jurídica, Lima, julio 2016.

"En la 5TC Expediente N° 0020-2003-AI-TC, el Tribunal Constitucional (TC) estableció

el sentido del artículo 76 y precisó lo siguiente: 1) A diferencia de la contratación

entre particulares, la contratación administrativa tiene sus propias particularidades;

2) La contratación estatal debe realizarse siguiendo un determinado procedimiento

en el que se garanticen los principios de eficiencia, transparencia, imparcialidad y

trato justo e igualitario; 3) Existe la necesidad de mantener mecanismos adecuados

para la fiscalización oportuna de los procedimientos de selección; y, 4) Los mecanismos

excepcionales de contratación son válidos si son regulados por ley y respeten

los principios de contratación estatal" (pp. 50 - 51).

Capcha Reymundo, Blanca. "Rango constitucional y principios rectores de la licitación

pública". En: Administración Pública & Control N° 31, Gaceta Jurídica, Lima, julio 2016.

"(...) el Tribunal Constitucional (TC) reconoce que los procedimientos de selección

de contratistas deben realizarse siguiendo un procedimiento en el que se respeten

principios que permitan la elección de la mejor oferta y que permitan la mayor participación

de proveedores. En este sentido, las entidades tienen el deber de actuar

con la mayor transparencia y respetando las formalidades que establece la normativa

a fin de no incurrir en irregularidades que generen la nulidad del procedimiento

de selección" (p. 51).

Capcha ReymundQ Blanca. "Rango constitucional y principios rectores de la licitación

pública". En: Administración Pública & Control N° 31, Gaceta Jurídica, Lima, julio 2016.

"La licitación pública es un procedimiento administrativo cuya realización implica

una serie de actuaciones ordenadas y concatenadas. En este sentido, las entidades

contratantes tienen la responsabilidad de seguir el procedimiento de conformidad

con la normativa y respetar las formalidades esenciales que garantizan su correcta

realización. En el caso de que durante el desarrollo del procedimiento se soslaye

alguna actuación necesaria, la entidad debe evaluar en qué medida esta afecta el

desarrollo del procedimiento y declarar en última ratio la nulidad de las actuaciones

realizadas" (pp. 50 - 51).

Capcha Reymundo, Blanca. "Rango constitucional y principios rectores de la licitación

pública" En: Administración Pública & Control N° 31, Gaceta Jurídica, Lima, julio 2016.

"La licitación como procedimiento administrativo, se distingue por constituir una

secuencia ordenada y metódica de diversos estadios, cada uno de los cuales tiene

un contenido propio, indispensable para la configuración de la licitación pero que

por sí solo no es suficiente para darle vida. Está integrado por una trama de antecedentes

y consecuentes que se articulan armoniosamente y dan origen al procedimiento

que se habrá de sustentar, esencialmente, en los pliegos de bases y condiciones,

verdadera ley de la licitación y que culminará luego de recorrer las diversas

etapas que lo conforman, en la celebración del contrato administrativo, que constituirá

el punto de partida de la relación convencional anudada entre la administración

y quien haya resultado seleccionado" (p. 52).

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