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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. I DISPOSICIONES PRELIMINARES / CONDICIONES EXIGIBLES A LOS PROVEEDORES ART.

ARTÍCULO 13

Participación en consorcio

13.1. En los procedimientos de selección pueden participar varios proveedores

agrupados en consorcio con la finalidad de complementar sus calificaciones,

independientemente del porcentaje de participación de cada integrante, según

las exigencias de los documentos del procedimiento de selección y para ejecutar

conjuntamente el contrato, con excepción de los procedimientos que tengan

por objeto ¡mplementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de

Acuerdo Marco. En ningún caso, la participación en consorcio implica la obligación

de crear una persona jurídica diferente.

13.2. Los integrantes del consorcio son responsables solidariamente ante la Entidad

por las consecuencias derivadas de su participación durante la ejecución del

contrato. El contrato de consorcio debe contar con firma legalizada.

13.3. Las infracciones cometidas por un consorcio durante el procedimiento

de selección y la ejecución del contrato, se imputan a todos sus integrantes de

manera solidaria, salvo que por la naturaleza de la infracción, la promesa formal, el

contrato de consorcio o el contrato suscrito con la Entidad, pueda individualizarse

la responsabilidad, conforme los criterios que establece el reglamento. En este

caso, se aplica la sanción únicamente al consorciado que cometió la infracción.

13.4. Los documentos del procedimiento de selección pueden establecer un

número máximo de consorciados y/o el porcentaje mínimo de participación, en

función a la naturaleza de la prestación.

13.5. A los integrantes del consorcio les son aplicables las disposiciones establecidas

en los artículos precedentes del Capítulo III.

(Texto modificado por el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1341 y el artículo 2 del

Decreto Legislativo N° 1444)

Concordancias en la LCE:

Art. 11.1 lit. n:

Art. 13:

Art. 50.6:

Im pedim entos para contratar con el Estado en consorcios

Participación en consorcio

Aplicación de sanciones a consorcios

Concordancias en el RLCE:

Art. 9.2:

Inscripción en el RNP de cada integrante del consorcio

Art. 16.2 lit. b: Asignación de especialidad y categoría a los consultores de obras

Art. 49.5:

Calificación de consorcios

Art. 52. lit. e: Promesa de consorcio como contenido m ínim o de las ofertas

Art. 121 lits. b, g y h: Requisitos de adm isibilidad de recurso de apelación form ulado por consorcio

Art. 139.1 lit. b: Requisitos para perfeccionar el contrato

Art. 140:

Contrato de consorcio

Art. 212.3:

Aplicación de directiva de consorcios

Art. 258:

Sanciones a consorcios

C o ncordancias en D irectivas del O SCE:

Directiva N° 005-2019-OSCE/CD: Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones

del Estado

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