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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 9 9 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Concordancias en la LCE:

Art. 34:

M odificaciones al contrato

Concordancias en el RLCE:

Art. 197: Causales de am pliación de plazo

A rt. 198:

A rt. 200:

A rt. 201:

Art. 202:

Art. 203:

Procedim iento de am pliación de plazo

Cálculo del gasto general variab le diario

Pago de m ayores costos directos y m ayores gastos generales variables

A ctualización del program a de ejecución de obra

Dem oras injustificadas en la ejecución de obra

O PIN IO N ES D E L O SC E

OP1057 OPINIÓN 190-2015/DTN: Definición de "paralización" y "atraso"

Dicho lo anterior, es importante señalar que la 'paralización' implica la detención de

la ejecución de las prestaciones a cargo del contratista; mientras que el 'atraso' constituye

un retraso o retardo en el cumplimiento de dichas prestaciones, sin llegar a ser

una paralización.

En esa medida, corresponde a la Entidad determinar cuándo el contratista ha interrumpido

el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y en qué casos viene ejecutándolas

a un ritmo menor. No obstante, ello, debe considerarse que, cuando el

hecho generador del atraso o paralización sea originado por razones ajenas a su

voluntad, el contratista podría solicitar la ampliación del plazo por la configuración

de cualquiera de los dos supuestos".

OP1058 OPINIÓN 175-2015/DTN: Diferencia entre gastos generales y mayores gastos

generales

"(...) la principal diferencia entre los 'gastos generales'y los 'mayores gastos generales

variables' se aprecia en su distinto origen. Así, mientras los primeros son los costos

indirectos del contrato original, los segundos son aquellos costos indirectos, distintos

a los originalmente pactados, que se originan por la aprobación de una ampliación

del plazo de ejecución de obra. La normativa de contrataciones del Estado no

regula el concepto 'gastos adicionales, motivo por el cual este Organismo Supervisor

no puede pronunciarse sobre el particular".

OP1059 OPINIÓN 035-2010/DTN: Dada la accesoriedad del contrato de supervisión respecto

al contrato de obra, si se aprueba una ampliación de plazo de ejecución de

obra, debe suceder o mismo con el contrato de supervisión

"(...) Cuando se apruebe la ampliación del plazo de ejecución de una obra, corresponde

a la Entidad ampliar el plazo de todos los contratos vinculados directamente

a dicho contrato de obra, sin condicionar tal ampliación a determinar procedimiento

a cargo del contratista. Considerando que toda ejecución de un contrato de obra

debe ser supervisada, el contrato de supervisión es un contrato directamente vinculado

al contrato de obra; por tanto, cuando se apruebe una ampliación del plazo del

contrato de obra, corresponde a la Entidad ampliar el plazo de la supervisión sin condicionar

tal ampliación a determinado procedimiento a cargo del contratista".

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