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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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a r t . 44

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

b) Cuando se verifique la trasgresión del principio de presunción de veracidad

durante el procedimiento de selección o para el perfeccionamiento del contrato,

previo descargo.

c) Cuando se haya suscrito el contrato no obstante encontrarse en trámite un

recurso de apelación.

d )

Cuando no se haya cumplido con las condiciones y/o requisitos establecidos

en la normativa a fin de la configuración de alguno de los supuestos que habilitan

a la contratación directa. Cuando no se utilice los métodos de contratación

previstos en la presente norma, pese a que la contratación se encu en tra

bajo su ámbito de aplicación; o cuando se empleé un método de contratación

distinto del que corresponde.

e) Cuando por sentencia consentida, ejecutoriada o reconocimiento del contratista

ante la autoridad competente nacional o extranjera se evidencie que

durante el procedimiento de selección o para el perfeccionamiento del contrato,

este, sus accionistas, socios o empresas vinculadas, o cualquiera de sus

respectivos directores, funcionarios, empleados, asesores, representantes

legales o agentes, ha pagado, recibido, ofrecido, intentado pagar o recibir u

ofrecer en el futuro algún pago, beneficio indebido, dadiva o comisión. Esta

nulidad es sin perjuicio de la responsabilidad penal y civil a que hubiere lugar.

44.3. La nulidad del procedimiento y del contrato ocasiona la obligación de la Entidad

de efectuar el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar.

44.4. El Titular de la Entidad puede autorizar la continuación de la ejecución del

contrato, previo informes técnico y legal favorables que sustenten tal necesidad.

Esta facultad es indelegable.

44.5. Cuando corresponda al árbitro único o al Tribunal Arbitral evaluar la nulidad

del contrato, se considera en primer lugar las causales previstas en la presente

norma y su reglamento, y luego las causales de nulidad aplicables reconocidas en

el derecho nacional.

44.6. Cuando la nulidad sea solicitada por alguno de los participantes o postores,

bajo cualquier mecanismo distinto al recurso de apelación, esta debe tramitarse

conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley.

(Texto modificado por el artículo 1del Decreto Legislativo N° 1341 y el artículo 2 del

Decreto Legislativo N° 1444)

C o ncordancias en la LCE:

Art. 2 lit. d:

Art. 8.2:

Art. 19:

Art. 40.6:

Art. 41.3:

Art. 45.1:

Principio de publicidad

Facultad delegable por el titular de la Entidad

Requisito de certificación de crédito presupuestario para convocar procedimientos

de selección

Nulidad por no incluir cláusula de no participación en prácticas corruptas

Apelación de la nulidad emitida por el titular de la Entidad de un procedimiento

de selección ante el Tribunal

Sometimiento a arbitraje de controversias referidas a nulidad del contrato

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