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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Disposición Complementaria Final

Para los servidos a los que hace referencia el Decreto Supremo N° 034-2008-

MTC, Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, la Entidad determina

el valor referencial. Para su determinación el área usuaria proporciona los

componentes o rubros, a través de una estructura que permita al órgano competente

determinar el valor referencial. En estos casos, la Entidad rechaza las ofertas

que excedan el valor referencial o que se encuentran por debajo del ochenta por

ciento (80%) del valor referencial.

En los documentos del procedimiento de selección de los servicios señalados

en el numeral anterior incluyen fórmulas de reajustes. Tanto la elaboración

como la aplicación de las fórmulas de reajuste polinómicas se sujetan a lo dispuesto

en el Decreto Supremo N° 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y

complementarias.

La conformidad de estos contratos se emite en un plazo máximo de veinte (20)

días. De existir observaciones, la Entidad las comunica al contratista, indicando claramente

el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de

cinco (5) ni mayor de veinte (20) días. Subsanadas las observaciones dentro del

plazo otorgado, no corresponde la aplicación de penalidades.

C o n co rd an cias en la LC E:

A rt. 18:

Art. 21:

Valor referencial

Procedim ientos de selección

Concordancias en el RLCE:

A rt. 34: Valor referencial

A rt. 38:

A rt. 47:

A rt. 195:

Fórm ulas de reajuste

Docum entos del procedim ientos de selección

Reajustes

Concordancias con otras norm as:

DS N° 034-2008-MTC: Reglam ento nacional de gestión de infraestructura vial

DS N° 011 -79-VC: Reglam ento del régim en de fórm ulas polinóm icas

§

Disposición Complementaria Final

El OSCE mediante directiva desarrolla progresivamente el expediente de contratación

digital y el Cuaderno de Obra digital, así como las herramientas informáticas

que permitan su operatividad.

C o n co rd an cias en el RLCE:

Art. 42:

A rt. 191:

Contenido del exped ien te de contratación

Cuaderno de obra

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