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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 8 6

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Art. 178:

Art. 182.5:

Art. 187:

Art. 189:

A rt. 190.1:

Art. 191:

A rt. 192:

A rt. 194:

Art. 196:

Art. 198:

Art. 201:

A rt. 202:

Art. 203:

A rt. 205:

Art. 207.2:

A rt. 208:

A rt. 209:

A rt. 212.4:

Anexo N° 1:

Anexo N ° 1 :

Anexo N °1 :

Anexo N° 1 :

Anexo N° 1 :

Participación del su pervisor o insp ector en la suspensión del plazo de ejecución

de obra

Verificación del insp ector o supervisor de la oportunidad de la solicitud de m ateriales

e insum os

Funciones del inspector o supervisor

Pago de los servicios del inspector o supervisor a cargo del contratista ante atrasos

en la ejecución de la obra

D esestim ación de ofertas por incluir en estas a un supervisor que se encuentra

laborando en una obra sin recepción

Supervisor o inspector y el cuaderno de obra

Anotación de ocurrencias por el inspector o supervisor

Participación del insp ector o supervisor en la elaboración de las valorizaciones y

en la revisión de los m etrados

Controversias sobre las valorizaciones o m etrados entre el inspector o su p ervisor,

el contratista o la Entidad

Participación del insp ector o supervisor en el procedim iento de am pliación de

plazo

Participación del insp ector o supersivor en la valorización de los m ayores costos

directos y m ayores gastos generales

Participación del insp ector o supervisor en la actualización del program a de ejecución

de obra

Responsabilidades del inspector o supervisor ante dem oras insjustificadas en la

ejecución de la obra

Participación del insp ector o su pervisor ante prestaciones adicionales m enores

o iguales al 15 %

Participación del insp ector o supervisor en el acto de verificación de avance de

obra e inventiario de m ateriales por resolución de contrato

Participación del insp ector o su pervisor en el acto de recepción de obra

Participación del insp ector o su pervisor en la liquidación del contrato de obra

Supervisión en la ejecución de obra que incluye diseño y construcción

Definiciones: Consultoría de obra

Definiciones: Cuaderno de obra

Definiciones: Hito

Definiciones: Prestación adicional de supervisión de obra

Definiciones: Subcontratista especializado

O PIN IO N ES D E L O S C E

0P 996

OP 997

OPINIÓN 010-2017/DTN: Diferencia entre inspector y supervisor de obra

"En ese contexto, se puede distinguir que el inspector es un profesional, funcionario

o servidor de la Entidad, expresamente designado por esta, como el responsable

de controlar de manera permanente y directa los trabajos efectuados por el contratista

de la obra, mientras que el supervisor puede ser una persona natural o jurídica,

especialmente contratado para dicho fin, siempre que el valor de la obra a ejecutarse

sea igual o mayor al monto establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público

para el año fiscal respectivo".

OPINIÓN 044-2018/DTN: Obligatoriedad del inspector o supervisor durante toda la

ejecución de una obra

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