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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 34

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Precisado lo anterior, conviene señalar que los términos 'determinante' y 'esencial'

contemplados en los artículos 34-A de la Ley y 142 del Reglamento [véase art. 160

del nuevo RLCE], respectivamente, hacen alusión al carácter sustancial de los elementos

que configuran el objeto de una contratación, los cuales no pueden variarse

con ocasión de una modificación convencional".

0P 260

OPINIÓN 101‘2017/DTN: "Contrato actualizado o vigente" en mérito de las modificaciones

contractuales

"(...) de conformidad con el Anexo de Definiciones del Reglamento [véase Anexo

N° 1 del nuevo RLCE], el "contrato original" es aquel'(...) contrato suscrito como consecuencia

del otorgamiento de la buena pro en las condiciones establecidas en las

Bases y la oferta ganadora'.

A diferencia de lo anterior, el 'contrato actualizado o vigente' es definido como 'El

contrato original afectado por las variaciones realizadas por los reajustes, prestaciones

adicionales, reducción de prestaciones, o por ampliación o reducción del plazo,

u otras modificaciones del contrato'".

Del artículo 34.3: Adicionales y reducciones en contratos de bienes, servicios y consultorías

OP261

OPINION 024-2018/DTN: Límite de las prestaciones adicionales en contratos de

servicios

"De esta manera, la normativa de contrataciones del Estado prevé que el límite hasta

por el cual una Entidad puede disponer la ejecución de prestaciones adicionales en

contratos de servicios, es el veinticinco por ciento (25 %) del monto del contrato original;

asimismo, dispone que el costo de dichas prestaciones adicionales se determina

sobre la base de los términos de referencia del servicio y de las condiciones

y precios pactados en el contrato, o en defecto de estos, por el acuerdo entre las

partes".

OP 262 OPINIÓN 043-2017/DTN: Requisitos que deben cumplirse para la ejecución de prestaciones

adicionales, bajo el sistema de precios unitarios en contratos de bienes y

servicios

"En virtud de lo señalado, bajo el sistema contratación de precios unitarios, para el

caso de bienes y servicios, es factible la ejecución de prestaciones adicionales en

tanto cumpla con lo establecido en el artículo 34 de la Ley y 139 del Reglamento

[véase art. 157 del nuevo RLCE], es decir, sea de manera excepcional, exista sustento

de ello por parte del área usuaria, máximo hasta el veinticinco por ciento (25 %) del

monto del contrato original, sea autorizado por el titular de la Entidad o funcionario

competente y finalmente sea indispensable para alcanzar la finalidad del contrato".

De los artículos 34.4 y 34.5: Adicionales en contratos de obra

OP 263 OPINIÓN 112-2018/DTN: Circunstancias por las cuales pueden aprobarse prestaciones

adicionales de obra hasta un 15 % del monto del contrato original

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