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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 0

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

10.2. Cuando la supervisión sea contratada con terceros, el plazo inicial del contrato

debe estar vinculado al del contrato de la prestación a supervisar y comprender

hasta la liquidación de la obra o la conclusión del servicio, de acuerdo a lo

que establece el reglamento. Asimismo, el reglamento establece los mecanismos a

aplicar en los casos en los que surjan discrepancias en el contrato y estas se sometan

a arbitraje, por el tiempo que dure este.

10.3. Para iniciar la ejecución de una obra que requiera supervisión, puede designarse

un inspector de obra o un equipo de inspectores en tanto se contrata la

supervisión. El reglamento establece las condiciones necesarias para su aplicación.

(Texto modificado por el artículo 1del Decreto Legislativo N° 1341 y el artículo 2 del

Decreto Legislativo N° 1444)

C o ncordancias en la LCE:

Art. 8 ines. 2 y 3:

Art. 14.1:

Art. 32.6:

Art. 32.7:

Art. 40 ines. 3 y 4:

Art. 50 ines. 1 ,4 ,1 0 :

Art. 58:

Concordancias en el RLCE:

Art. 5:

Art. 6:

Art. 8.1:

Art. 9 ines. 10 y 11:

Art. 24:

Art. 25:

Art. 26:

Art. 42.3:

Art. 146:

Art. 259:

Funcionarios, dependencias y órganos encargados de las contrataciones

Protección y prom oción de la com petencia y prevención del delito

Responsabilidad del contratista

R esp o n sab ilid ad en la fo rm u la ció n del e x p e d ie n te té cn ico o estu d io s

definitivos

Responsabilidad del contratista

Infracciones y sanciones adm inistrativas

Colaboración entre Entidades

Organización de la Entidad para las contrataciones

Plan Anual de Contrataciones

Finalidad y organización del RNP

Inscripción en el RNP

Registro de las Entidades Contratantes

O bligatoriedad del SEACE

Acceso al SEACE

Contenido del expediente de contratación

Responsabilidad de la Entidad

Obligación de inform ar sobre supuestas infracciones

O PIN IO N ES D E L O SC E

0P84 OPINIÓN 021-2018/DTN: La difusión de los procesos de contratación deben facilitar

su supervisión y control

"Al respecto, cabe señalar que en virtud del 'principio de transparencia', las Entidades

deben proporcionar información clara y coherente con el fin de que el proceso de

contratación sea comprendido por los proveedores, garantizando la libertad de concurrencia,

y se desarrolle bajo condiciones de igualdad de trato, objetividad e imparcialidad;

mientras que, de conformidad con el 'principio de publicidad', el proceso de

contratación debe ser objeto de publicidad y difusión con la finalidad de promover

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