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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART.

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

O PIN IO N ES D E L O S C E

OP735

OPINIÓN 142-2018/DTN: Trámite de admisibilidad de recurso de apelación/solicitud

de nulidad del procedimiento de selección/formulación de denuncias

"(...) la normativa de contrataciones del Estado (...) prevé el trámite de admisibilidad

del recurso de apelación ante la Entidad o ante el Tribunal y el plazo de subsanación,

entre otros aspectos; no obstante, la mencionada normativa no detalla el procedimiento

de admisibilidad de la solicitud de nulidad del procedimiento de selección.

En esa línea, resulta pertinente indicar que en el caso que un participante o postor

formule una denuncia o solicitud de nulidad respecto a hechos que debieron haber

sido materia de recurso de apelación, y se observe la falta de presentación de la

garantía, se procederá conforme al artículo 100 del Reglamento [véase art. 122 del

nuevo RLCE]".

JU R ISPRU D EN C IA

J389

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO N° 2167-2018-

TCE-S3: Controles de los medios impugnatorios

"(...) los medios impugnatorios en sede administrativa se encuentran sujetos a determinados

controles de carácter formal y sustancial, los cuales se establecen a efectos

de determinar la admisibilidad y procedencia de un recurso, respectivamente; en

el caso de la procedencia, se evalúa la concurrencia de determinados requisitos que

otorgan legitimidad y validez a la pretensión planteada a través del recurso" (p. 10).

D O CTRIN A

D469

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"Las principales características del recurso de apelación son:

• Competencia separada para conocer del recurso. El recurso de apelación no es

conocido únicamente por el Tribunal de contrataciones, sino que también corresponde

-en los casos de menores montos- ser conocido y resuelto por el propio

titular de la entidad.

• Legitimación limitada a los postores y participantes. En nuestro régimen únicamente

tienen legitimidad para interponer un recurso de apelación los postores

(persona natural o jurídica que participa en un proceso de selección desde

el momento en que presenta su propuesta) y los participantes (proveedor que

puede intervenir en un proceso de selección, por haberse registrado conforme

a las reglas establecidas en las bases) siempre que acrediten un agravio directo

por la decisión adoptada. En esa línea, no se admite la legitimidad de terceros no

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